Concepto/Objeto/Acontecimiento
CuraduríaTérmino no preferente
Acción de curador de un menor.
Curador:
3. m. y f. Persona elegida o nombrada para cuidar de los bienes o negocios de un menor, o de quien no estaba en estado de administrarlos por sí.
El curador es aquel que se nombra como guardador de los mayores de 14 años y menores de 25 (mayoría de edad en varones) estando los menores de acuerdo con el nombramiento, o sin estarlo, en caso de incapacidad del menor o de mayor de 25 años.
LAFUENTE URIEN, Aránzazu: Los archivos nobiliarios... p. 65