Conceptos/Objetos/Acontecimientos - Vizcainía

Vizcainía

Identificación

Tipo:

Concepto/Objeto/Acontecimiento

Término preferente:

Vizcainía

Notas y Alcance:

Calidad de una persona que es originaria de Vizcaya.

Durante el Antiguo Régimen y fuera del territorio del Señorío de Vizcaya, la vizcainía sirvió como herramienta jurídica para obtener prebendas y privilegios asociados al Fuero de Vizcaya, como la posibilidad de declinar ante el Juez Mayor de Vizcaya de la Chancillería de Valladolid cualquier causa que se litigase contra alguien que fuera declarado como vizcaíno de origen.

Para que una persona pudiera ser declarada como vizcaína originaria y disfrutar así de sus prebendas, debía demostrar que era vecina de algún lugar del Señorío de Vizcaya o si no, tener ascendencia por línea directa de varón procedente de algún lugar del Señorío.

Según avanza el Antiguo Regimen, y particularmente desde finales del siglo XVII, la declaración de vizcainía por parte del Juez Mayor de Vizcaya en la Chancillería de Valladolid fue evolucionando hacia una figura muy similar a la hidalguía, con sus exenciones de impuestos, honores y preeminencias en sus lugares de vecindad.

De esta forma, la declinación de jurisdicción que, en un primer momento servía para que las causas litigadas contra los vizcaínos pasaran a ser vistas por el Juez Mayor de Vizcaya, pasó a convertirse en una forma de reconocimiento de dicha condición sin necesidad de existir litigio y quedando registrada en forma de real provisión de vizcainía.

Los fueros y privilegios asociados a la vizcainía desaparecieron en 1835.

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