Concepto/Objeto/Acontecimiento
DiligencierosTérmino no preferente
Los diligencieros son tipo de oficiales de justicia encargados de hacer las diligencias y tomar los diversos negocios y diligencias que lleva un tribunal de justicia. Se instauraron en el año 1630 en la Real Chancillería de Valladolid siendo hasta ese momento hechas las diligencias por personas nombradas directamente por el fiscal.
Los diligencieros tomaban, por lo general en turno, dos negocios por viaje. El fiscal, previa licencia del Acuerdo, le nombra en los asuntos. Hecha la diligencia, acude a la escribanía a tomar conocimiento del asunto y recibe provisión de diligenciaría. El escribano asentaba en un libro - registro de cnocimientos la referencia de la provisión que expedía a petición.
Tras estas gestiones, el diligenciero sale al lugar o lugares donde debe realizar sus negocios. Los gastos de las diligencias a instancias del tribunal los debían de sufragar las partes dentro de las costas, aun en el caso de que éstos se apartaran del caso.
A partir del tercer día que el diligenciero había llegado con las diligencias resueltas a la Chancillería, debía dar cuenta de éstas ante el alcalde o el oidor más antiguo de la sala donde pendiere el pleito: del asunto y su proceder, del tiempo que le habían durado, el dinero que le habían dado (el concejo) y los gastos que había tenido. En caso de que hubiera alcance (dinero sobrante), lo debía depositar en el depositario general de la Chancilleria. Dicho alcance se debía poner en el proceso, firmado del alcalde o oidor que lo recibiera.