Concepto/Objeto/Acontecimiento
Accidentes de tráficoTérmino preferente equivalente (otro idioma) Término no preferente
Se considera Accidente de circulación aquel producido en vías o terrenos objeto de la legislación sobre tráfico circulación de vehículos de motor y seguridad vial, que a consecuencia del mismo resulte: una o varias personas muertas o heridas, o sólo daños materiales y que estén implicados al menos un vehículo en movimiento.
EMBUS,p.5-6
Encabezamientos de materias de la Biblioteca Universitaria de Sevilla. 1992.
DGT: O.M. de 18 de febrero de 1993 sobre estadísticas de accidentes de circulación. Anexo I. definicion 1.