Concepto/Objeto/Acontecimiento
Cartas de esperaTérmino no preferente
Se llama a la moratoria que se concede al acreedor por el juez o tribunal a quien toca, para que no pague al deudor hasta el tiempo que se le concede y manda se le guarde.
Con caracter general use "moratoria"
Aplazamiento que los acreedores acuerdan conceder al deudor en quiebra, concurso o suspensión de pagos
Diccionario de Autoridades (1726): p. 201.