Norma (Ley) - Real Cédula de 11 de junio de 1787 de S.M. y del Consejo de Castilla, en que se prescribe el método que se ha de observar en la decisión de las competencias que ocurran entre las Jurisdicciones ordinaria y la de Guerra; en la conformidad que se expresa.

Real Cédula de 11 de junio de 1787 de S.M. y del Consejo de Castilla, en que se prescribe el método que se ha de observar en la decisión de las competencias que ocurran entre las Jurisdicciones ordinaria y la de Guerra; en la conformidad que se expresa.

Identificación

Tipo:

Norma

Forma autorizada:

Real Cédula de 11 de junio de 1787 de S.M. y del Consejo de Castilla, en que se prescribe el método que se ha de observar en la decisión de las competencias que ocurran entre las Jurisdicciones ordinaria y la de Guerra; en la conformidad que se expresa.

Fechas de Actividad:

1787-06-03

Notas y Alcance:

Esta Real Cédula se establece con motivo de los desencuentros entre las jurisdicciones ordinarias y de guerra por el conocimiento que los comandantes de las armas querían atribuirse de varias causas de policía y gobierno que dejan las leyes al cuidado de las justicias reales. Para evitar semejante abuso esta real cédula establece que los comandantes de las armas en los casos de competencias remitiesen los autos que formasen al Consejo de Guerra para que confiriéndose entre los fiscales de ambos consejos declarasen a quien corresponde su conocimiento.

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Disposiciones normativas (faceta de normas)

Términos Genéricos:

Reales Cédulas

Relaciones

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