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Institución - Primera Región Militar (España)

Primera Región Militar (España)

Identificación

Tipo:

Institución

Forma autorizada:

Primera Región Militar (España)

Fechas de existencia:

desde 1893 hasta 2002

Historia:

Hasta que en 2002 se estructuró en función de factores funcionales y operativos, históricamente el ejército español ha tenido una organización que, bajo denominaciones diversas, como capitanías generales, distritos, divisiones o regiones militares, siempre respondió a un criterio territorial. Al frente de ellas estaban los Capitanes Generales, que no solamente tenían funciones militares, sino también de gobierno político y de administración de justicia en sus respectivos territorios.

Fueron los Reyes Católicos quienes tras la conquista de Granada crearon en este reino la primera Capitanía General. Pero fue durante el siglo XVIII cuando se organizó el territorio militarmente en capitanías coincidentes con los territorios de los antiguos reinos. El siguiente siglo vio diversas modificaciones tanto en su número como en su denominación.

Así, la Ley constitutiva del Ejército de 29 noviembre de 1878 establece que la división territorial militar consta de los distritos de Castilla la Nueva, Cataluña, Andalucía, Valencia, Gali­cia, Aragón, Granada, Castilla la Vieja, Extremadura, Na­varra, Provincias Vascongadas, Burgos, islas Baleares e islas Canarias. Además, las islas de Cuba, Puerto Rico y Filipinas constituyen igualmente otros tres distritos militares. Al frente de cada una de estas demarcaciones habrá una autoridad superior, un militar con rango de capitán general o de teniente gene­ral con el título de Capitán General de Distrito.

Sin embargo, esta organización experimentará una profunda transformación con el Real Decreto sobre división territorial militar de 29 de agosto de 1893. Los antiguos distritos pasaron a denominarse regiones militares.

La organización territorial del Ejército de Tierra en base a unas demarcaciones llamadas regiones militares se inició con este Real Decreto de 1893 y perduró hasta el año 2002, aunque sometida a numerosos cambios. Sin embargo, ello no supuso la desaparición del cargo de Capitán General, sino que, por el contrario, éste continuó siendo la principal autoridad de la región. El Capitán General tenía su sede en la ciudad que era cabecera de la región militar, que por ello siguió recibiendo el nombre de Capitanía General. La figura del Capitán General fue suprimida temporalmente durante el periodo de 1931 a 1940 y definitivamente en 2002.

De acuerdo con el Real Decreto de 1893 la Primera Región abarcaba las antiguas demarcaciones de Castilla la Nueva y Extremadura, e incluía las provincias de Madrid, Segovia, Ávila, Salamanca, Toledo, Ciudad Real, Cáceres y Badajoz.

Por un Real Decreto de 10 de septiembre de 1896 la provincia de Salamanca pasa de la primera región a la séptima.

Por otro Real Decreto de 31 de mayo de 1899 se modifican los nombres de las regiones, que recuperan sus antiguas denominaciones geográficas: Castilla la Nueva, Andalucía, Valencia, Cataluña, Aragón, Norte, Castilla la Vieja y Galicia, aunque se mantiene su número y distribución territorial.

Por un Real Decreto de 2 de noviembre de 1904 se modifica de nuevo el nombre de las regiones militares, que pierden sus denominaciones geográficas y vuelven a distinguirse solo por su numeración. La provincia de Guadalajara se integra en la Primera Región.

Por el Real Decreto de 17 de enero de 1907 se modifica de nuevo la estructura de las regiones militares y la provincia de Cuenca pasa de la Tercera Región a la Primera.

Con la Ley de Bases para la Reorganización del Ejército de 29 de junio de 1918 se entró en una etapa de mayor estabilidad, pues se estableció una organización que permaneció hasta la II República. Dicha ley fijaba en ocho las regiones militares en el territorio peninsular, a las que se añadían las dos regiones militares independientes de Baleares y Canarias. Tras la aprobación de esta ley la Primera Región militar pasa a estar integrada por las provincias de Madrid, Toledo, Cuenca, Ciudad Real, Badajoz y Jaén.

Proclamada la II República, por un Decreto de 16 de junio de 1931 se suprimen las ocho regiones militares, los dos distritos insulares de Baleares y Canarias y el cargo de Capitán General de Región. Las nuevas demarcaciones pasan a denominarse divisiones orgánicas, al frente de cada una de las cuales se sitúa a un general de división con competencias exclusivamente militares. Asimismo, se crean las comandancias militares de Baleares y de Canarias, a cuyo mando también se nombra a un general de división.

Iniciada la Guerra Civil la estructura de las divisiones orgánicas se vio modificada de acuerdo con el desarrollo de la contienda. En la zona republicana en un primer momento se mantuvieron, pero por un Decreto de 10 de julio de 1937 fueron suprimidas las divisiones primera, tercera y cuarta, las últimas cuyo territorio todavía se encontraba bajo el control del gobierno republicano. Por su parte el ejército sublevado recuperó la denominación de regiones militares y fue restableciéndolas a medida que ocupaba nuevos territorios.

Terminada la guerra, por una Orden del Ministerio de Defensa Nacional de 4 de julio de 1939 se reorganizan provisionalmente las regiones militares; la Primera Región pasa a estar integrada por las provincias de Madrid, Toledo, Cuenca, Ciudad Real, Badajoz, Cáceres, Ávila y Segovia. Su cabecera se sitúa en Madrid.

El Decreto de 5 de abril de 1940 recuperaba la antigua denominación de Capitanías Generales para las cabeceras de las regiones militares y el cargo de Capitán General como principal autoridad militar en cada demarcación.

Por un Decreto de 11 de febrero de 1960 se llevó a cabo la modificación del territorio de algunas regiones militares. Así, las provincias de Badajoz y Segovia pasaron de la Primera Región a la Segunda y a la Séptima respectivamente, mientras que la provincia de Guadalajara pasó de la Quinta a la Primera.

Esta organización se mantendrá sin variaciones hasta 1984, año en que se reestructura de nuevo la organización territorial del Ejército de Tierra. Con el Real Decreto de 1 de agosto de 1984 el número de demarcaciones se reduce a seis regiones militares peninsulares y dos zonas militares insulares.

La Primera Región, también llamada Región Militar Centro, con Mando y Cuartel General en Madrid, comprende las provincias de Madrid, Toledo, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara, Segovia, Ávila, Cáceres y Badajoz.

En 1997, por un Real Decreto de 11 de julio, se redefinió esta organización territorial, reduciéndose las regiones militares peninsulares a cuatro. La Primera Región, la Región Militar Centro, engloba las comunidades autónomas de Castilla-La Mancha, Extremadura, Madrid y Valencia.

Esta estructura se mantiene hasta que finalmente, en 2002, con el Real Decreto 912/2002, de 6 de septiembre, la estructura básica de los ejércitos abandona definitivamente la territorialidad en beneficio de otros factores de carácter funcional. En su artículo primero se establece que en lo sucesivo el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, bajo el mando de sus respectivos jefes de Estado Mayor, estarán estructurados en Cuartel General, Fuerza y Apoyo a la Fuerza.

Lugares

area jurisdiccional:

Badajoz (provincia) entre 1984 y 2002

area jurisdiccional:

Jaén (provincia) entre 1918 y 1939

area jurisdiccional:

Extremadura (España) entre 1997 y 2002

area jurisdiccional:

Comunitat Valenciana (España) entre 1997 y 2002

area jurisdiccional:

Castilla-La Mancha (España) entre 1997 y 2002

area jurisdiccional:

Madrid (comunidad autónoma, España) entre 1997 y 2002

area jurisdiccional:

Cáceres (provincia) entre 1893 y 1918

area jurisdiccional:

Cáceres (provincia) entre 1939 y 2002

area jurisdiccional:

Toledo (provincia) entre 1893 y 2002

area jurisdiccional:

Ciudad Real (provincia) entre 1893 y 2002

area jurisdiccional:

Guadalajara (provincia) entre 1904 y 1918

area jurisdiccional:

Cuenca (provincia) entre 1907 y 2004

area jurisdiccional:

Segovia (provincia) entre 1893 y 1918

area jurisdiccional:

Segovia (provincia) entre 1939 y 1960

area jurisdiccional:

Segovia (provincia) entre 1984 y 2002

area jurisdiccional:

Ávila (provincia) entre 1893 y 1918

area jurisdiccional:

Ávila (provincia) entre 1939 y 2002

area jurisdiccional:

Badajoz (provincia) entre 1893 y 1960

area jurisdiccional:

Salamanca (provincia) entre 1893 y 1896

area jurisdiccional:

Guadalajara (provincia) entre 1960 y 2002

Conceptos/Objetos/Acontecimientos

Normas/Atribuciones Legales

Fuentes

Castro Campano, Diego. Los Sumarísimos de la Guerra Civil: El Archivo del Tribunal Militar Territorial Primero. En: Boletín Informativo del Sistema Archivístico de la Defensa. Número 18, diciembre 2010. Madrid: Ministerio de Defensa. Secretaría General Técnica. pp.3-25.

Guaita Martorell, Aurelio. Capitanes y Capitanías Generales. En: Revista de Historia Militar. Número 65, 1988. Madrid: Instituto de Historia y Cultura Militar. pp.125-172.

Hermoso de Mendoza y Baztán, María Teresa. La División Territorial Militar en los Siglos XIX y XX. En: Boletín Informativo del Sistema Archivístico de la Defensa. Número 14, diciembre 2007. Madrid: Ministerio de Defensa. Secretaría General Técnica. Subdirección General de Publicaciones y Patrimonio Cultural. pp.3-12.

Pino Abad, Miguel. Los Albores de la Primera Jurisdicción Castrense Franquista. En: Anuario de Historia del Derecho Español. Número 84, 2014. Madrid: Ministerio de Justicia. pp.365-387.

Documentos

Productor de:

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