Institución
Secretaría del Despacho Universal (España, 1621-1833)Otras formas
desde 1621 hasta 1833
Con las reformas borbónicas se trató de reducir las atribuciones de los Consejos, dejándolos sin competencias precisas, que recayeron en la Secretaría del Despacho, creada en 1621. Pero para distribuir las atribuciones se desgajaron de esta varias Secretarías de Estado y de Despacho. El Decreto de 11 de julio de 1705 divide en dos la Secretaría del Despacho Universal: Secretaría de Estado y de Despacho de Guerra y Hacienda y otra de carácter universal, para el resto de funciones.
A partir de 1714 se crean cuatro secretarías del Despacho divididas por materias, siendo una de ellas la Secretaría del Despacho de Estado. A pesar de las reformas que establecerían atribuciones y plantas para las distintas secretarías, la de Estado siempre gozó de una clara autonomía en sus competencias y funciones. Desde 1812 la Secretaría del Despacho de Estado pasará a ser el Ministerio.
Respecto a sus funciones, la Secretaría del Despacho de Estado atendió la política internacional, cometido principal del Consejo de Estado, que ve mermadas sus funciones en favor de la Secretaría que se encarga a partir de este momento de recibir directamente la correspondencia y despachos de las embajadas o representantes en el exterior para despacharlos directamente con el monarca, sancionando definitivamente la vía reservada como forma de ejercicio político administrativo.
En cuanto a sus competencias, destacan el control y administración del aparato diplomático (nombramientos, instrucciones, credenciales, gastos y mantenimiento de embajadores, cónsules y vicecónsules, etc.) y los despachos y correspondencia relativa a la política internacional.
Hamer-Flores, Adolfo. ( ) . Los secretarios del Despacho Universal de la Monarquía Hispánica durante el reinado de Felipe IV (1621-1665). En: Revista de Estudios Histórico Jurídicos. nº41.