Norma (Ley) - Orden circular de la Presidencia del Gobierno de 24 de febrero de 1945 suprimiendo las comisiones provinciales de examen de penas

Orden circular de la Presidencia del Gobierno de 24 de febrero de 1945 suprimiendo las comisiones provinciales de examen de penas

Identificación

Tipo:

Norma

Forma autorizada:

Orden circular de la Presidencia del Gobierno de 24 de febrero de 1945 suprimiendo las comisiones provinciales de examen de penasOtras formas

Fechas de Actividad:

1945-02-24

Notas y Alcance:

Publicado en el BOE número 57, de 26 de febrero de 1945, página 1599.

La revisión de las penas dictadas por los tribunales militares durante la Guerra Civil Española se inició tras la creación de las comisiones provinciales de examen de penas mediante la Orden de la Presidencia del Gobierno de 25 de enero de 1940.

En el preámbulo de la Orden se señala que estas comisiones se crean con el fin de revisar las condenas por delito de rebelión dictadas desde el 18 de julio de 1936 por los tribunales militares (auditorías y consejos de guerra) contra aquellos que habiendo dado su apoyo al bando republicano durante la guerra civil se habían opuesto al llamado Alzamiento Nacional, tras haberse comprobado la falta de uniformidad de criterio de tales tribunales a la hora de dictar sus condenas, lo que daba lugar a que impusieran penas muy distintas para actos de la misma gravedad.

Se crea en cada capital de provincia una comisión de examen de penas para revisar las sentencias dictadas por los tribunales militares de su demarcación en las que se hubiese impuesto como pena principal la privación de libertad. Esta revisión se haría de oficio, sin necesidad de que los condenados lo soliciten previamente. Por un Decreto de 6 de noviembre de 1942 la revisión se amplió también a las penas accesorias, en este caso a petición de los interesados.

En sus inicios las comisiones provinciales revisaban únicamente las penas ordinarias, es decir, las que no implicaban pena de muerte. Sin embargo, tras la aprobación de la Orden del Ministerio del Ejército de 28 de septiembre de 1942 empezaron a revisar también las condenas a muerte, que podían ser conmutadas por la pena inferior en grado, la de treinta años de prisión

Las comisiones provinciales dependían de las autoridades judiciales militares correspondientes, es decir, de los capitanes generales de las regiones militares. Asimismo, se crea una comisión en cada departamento marítimo y otra en Madrid con la misión de examinar las sentencias de los tribunales de Marina, y otra comisión dependiente del Jefe de la Jurisdicción Aérea para revisar las sentencias pronunciadas por éste.

Cada comisión estaba presidida por un jefe del ejército e integrada además por dos vocales: un funcionario jurídico militar, es decir, un miembro del Cuerpo Jurídico Militar, y un funcionario judicial, que en muchos casos era un magistrado de la audiencia provincial.

Las comisiones provinciales de examen de penas fueron disueltas por una Orden de la Presidencia del Gobierno de 24 de febrero de 1945.

Lugares

area jurisdiccional:

España

Lugar de Promulgación:

Madrid (España) en 1945-02-24

Fuentes

BOE

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