Institución
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de Madrid (España)
desconocida
Los Juzgados de Primera Instancia se crean por Decreto de 1834 con funciones tanto civiles como criminales, pervivirán hasta nuestros días y convivirán con otras instancias judiciales menores, representando la ruptura con el sistema judicial del Antiguo Régimen.
Con la LOPJ de 1870 el territorio nacional aparece judicialmente dividido en distritos, que, a su vez, se dividen en partidos judiciales, los cuales se subdividen en circunscripciones fraccionadas en términos municipales. En cada término municipal habría uno o varios jueces municipales y en cada circunscripción un juez de instrucción.
Será la Ley 19 de junio de 1944 la que estructure la Administración de Justicia de forma algo más duradera: reguló la demarcación judicial municipal, clasificándola en juzgados municipales (en poblaciones de más de 20.000 habitantes), comarcales y de paz. Tanto los Juzgados Municipales, como los Comarcales, como los de Paz estarán subordinados a los de Primera Instancia e Instrucción.
Tras la Constitución de 1978 se promulga la Ley 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial, modificada por la Ley Orgánica 5/2003, de 27 de mayo. Se establece que el Estado se organiza a efectos judiciales en municipios, partidos, provincias y comunidades autónomas. Los Juzgados de Paz ejercen la potestad en el municipio. Los Partidos Judiciales son la unidad territorial integrada por uno o más municipios limítrofes pertenecientes a una misma provincia, pudiendo coincidir con la demarcación provincial. En este ámbito territorial se encuentran los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción.