Institución - Gobierno General del Estado Español

Gobierno General del Estado Español

Identificación

Tipo:

Institución

Forma autorizada:

Gobierno General del Estado EspañolOtras formas

Fechas de Existencia:

desde 1936-10-01 hasta 1938-01-30

Historia:

Se denomina Gobierno General a la institución creada por Francisco Franco mediante la ley de reestructuración del Estado Español, de 1 de octubre de 1936 (BOE del 2 de octubre), durante la Guerra Civil española. En el artículo tercero se crea el cargo de gobernador general, el cual tendrá por cometido la inspección de las provincias ocupadas, abastos, trabajo y beneficencia, en estrecha relación las autoridades de las mismas y con los departamentos correspondientes de la Junta Técnica del Estado.

La Administración Central de todo el territorio sometido a la jurisdicción efectiva del Jefe del Estado Español, Francisco Franco, corresponde a dicha Junta Técnica del Estado.

Esta ley de 1 de octubre fue completada con unas "Instrucciones para el desenvolvimiento de los cometidos asignados", publicadas en el BOE del 6 de octubre de 1936. Como tarea política más importante del Gobernador General destaca la coordinación de los gobernadores civiles con las autoridades militares en las provincias ocupadas, es decir, en el territorio controlado por las fuerzas sublevadas contra el gobierno de la República española el 18 de julio de 1936.

El Gobierno General tuvo la sede en Valladolid. El primer gobernador general fue el general Francisco Fermoso Blanco (6 de octubre de 1936), sustituido por el general Luis Valdés Cabanillas (5 de noviembre de 1936) hasta la supresión del cargo por ley de 30 de enero de 1938.

Estructura interna-Genealogía:

Las personas que ocuparon el cargo de Gobernador General durante la duración de la institución fueron:

Francisco Fermoso Blanco (6-10-1936 a 4-11-1936)

Luis Valdés Cabanillas (5-11-1936 a 31-01-1938)

Normas/Atribuciones Legales

Descripción:

-Ley de reestructuración del Estado Español, de 1 de octubre de 1936, estableciendo la organización administrativa a que ha de ajustarse la nueva estructura del Estado (BOE 2 de octubre de 1936):

Artículo tercero: Se crea el cargo de Gobernador General, el cual tendrá por cometido la inspección de las provincias ocupadas y cuanto se refiere a la organización de la vida ciudadana, abastos, trabajos y beneficencia, en estrecha relación con las autoridades de las mismas y con los departamentos correspondientes de la Junta Técnica del Estado.

-Ley de 30 de enero de 1938 organizando la administración central del Estado (BOE de 31 de enero de 1938):

Artículo transitorio: Constituido el Gobierno, cesarán en sus funciones la Junta Técnica del Estado con sus Comisiones, las Secretarías de Guerra, Relaciones Exteriores y General del Jefe de Estado, y el Gobierno General.

Fuentes

Revisión realizada por el CIDA en 2014 para adecuación al Módulo Tesaurizado.