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Institución - Servicio de Reincorporación de los Combatientes (España)

Servicio de Reincorporación de los Combatientes (España)

Identificación

Tipo:

Institución

Forma autorizada:

Servicio de Reincorporación de los Combatientes (España)

Fechas de Existencia:

desde 1937-10-14 hasta 1983-10-14

Historia:

Por Orden de la Presidencia de la Junta Técnica del Estado de 14 de octubre de 1937 se crea el Servicio de Reincorporación de los Combatientes, adscrito al Ministerio de Trabajo, al objeto de ordenar "la vida social y económica de la Nación y la de los ciudadanos que, teniendo que abandonar sus profesiones y oficios para incorporarse en el Ejército y Milicias nacionales y para que a su licenciamiento no sufrieran perjuicio alguno en la reincorporación a sus antiguos puestos de trabajo". Este organismo será regulado por Decreto de 14 de octubre de 1938 y se denominará en lo sucesivo Servicio de Incorporación de Excombatientes al Trabajo. No obstante, no habiendo alcanzado los objetivos previstos, se publica el 25 de agosto de 1939 un decreto con la finalidad de definir con claridad la función primordial de este Servicio. Este Decreto supone tanto una modificación en la denominación como en las funciones del anterior Servicio de Reincorporación de Combatientes. Se crea así, dependiente de la Subsecretaría del Ministerio de Trabajo, el Servicio Nacional de Colocación de Excombatientes y Excautivos. En el mismo mes de agosto de 1939 Franco ordena la creación de la Delegación Nacional de Excombatientes y nombra "para el desempeño del cargo de Delegado Nacional al camarada José Antonio Girón de Velasco". La misión primordial de esta Delegación es "incorporar la juventud combatiente a los puestos de trabajo, de honor o de mando a los que tienen derecho como españoles y que han conquistado como héroes". Esta delegación queda encuadrada bajo la tutela del Estado y a las órdenes inmediatas de la Secretaría General de Falange Española Tradicionalista y de las Juntas de Ofensiva Nacional Sindicalista (FET y de las JONS). Por Decreto de 28 de noviembre de 1941, la Delegación Nacional de Excombatientes queda vinculada a la Secretaría General del Movimiento, junto con el resto de delegaciones existentes, dependiendo de la Vicesecretaría de Obras Sociales. En 1954 se transforma, bajo la dirección de Tomás García Rebull, y se vuelve mucho más activa políticamente. Proliferaron entonces múltiples asociaciones de excombatientes que sirvieron de apoyo social a la dictadura de Franco.

A partir del Decreto de 20 de julio de 1957 la Delegación Nacional de Excombatientes, se integrará dentro de la Delegación Nacional de Asociaciones, cuyas funciones quedaron encuadradas en el Servicio de Asociaciones de Antiguos Combatientes y el Servicio de Hermandades de Excautivos según se estableció en las Órdenes de la Secretaría General del Movimiento de 14 de enero de 1959 y de 30 de junio de 1958. Meses después comenzaron a organizarse las Hermandades de Excombatientes como la de Alféreces Provisionales, la de la División Azul, la de Tercios de Requetés, la de Caballeros Legionarios y otras muchas.

La desaparición de la Delegación Nacional de Asociaciones del Movimiento por el Decreto 15/1970, de 5 de enero, llevaría a la integración de ambos Servicios en la Delegación Nacional de Acción Política y Participación, según quedó establecido en la Orden de la Secretaría General del Movimiento de 16 de febrero de 1970. Según reza en el Proyecto de Reglamento de Excombatientes, la Delegación Nacional de Excombatientes, los dos objetivos básicos de este organismo son la necesidad de situar a casi un millón de personas en puestos de trabajo y el adoctrinamiento político.

Normas/Atribuciones Legales

Descripción:

Orden de 14 de octubre de 1937 de la Presidencia de la Junta Técnica del Estado

Fuentes

PARES: Código Referencia:ES.28005.AGA/1.2.4.1.408//

Documentos

Productor de:

  • Archivo General de la Administración  (1)

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