Institución
Juzgado de Peligrosidad y Rehabilitación Social de Bilbao
1974-11-28
La ley 16/1970 de 4 de agosto sobre Peligrosidad y Rehabilitación Social sustituye la anterior regulación sobre Vagos y Maleantes. La orden de 3 de junio de 1971 confirmaba en sus actuales cargos, con la denominación para lo sucesivo de Jueces de Peligrosidad y Rehabilitación Social a los Magistrados titulares de los Juzgados especiales de Vagos y Maleantes de Madrid y Barcelona, y atribuía la competencia para la aplicación de esta legislación en las restantes capitales de provincia a los Jueces de Primera Instancia e Instrucción y en las capitales donde hubiera varios a su Decano. La ley de 28 de noviembre de 1974, además de incluir en su articulado nuevas conductas reveladoras de peligrosidad social, atribuye a los Jueces de Peligrosidad y Rehabilitación Social este único cometido, con un ámbito territorial que puede abarcar a una o mas provincias.