Institución
Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Madrid (España)
1834-04-21
Los Juzgados de Primera Instancia son tribunales unipersonales que conocen en primera instancia de las cuestiones de orden civil no sometidas por ley a los jueces municipales. Su origen legislativo radica en el Real Decreto de 21 de abril de 1834 que creó jueces letrados con el nombre de jueces de partido, atribuyéndoles el ejercicio de la jurisdicción que antes correspondía a los alcaldes ordinarios de los pueblos. La Ley Orgánica del Poder Judicial de 1870 y posteriormente la Ley de Enjuiciamiento Civil de 3 de febrero de 1881 definieron sus competencias y establecieron que en cada partido judicial debía haber al menos un Juzgado de primera