Institución
Delegación Nacional de Ex-Combatientes (España)Otras formas
desde 1939 hasta 1957-07-20
Por Orden de la Presidencia de la Junta Técnica del Estado de 14 de octubre de 1937 se crea el Servicio de Reincorporación de los Combatientes, adscrito al Ministerio de Trabajo, al objeto de ordenar "la vida social y económica de la Nación y la de los ciudadanos que, teniendo que abandonar sus profesiones y oficios para incorporarse en el Ejército y Milicias nacionales y para que a su licenciamiento no sufrieran perjuicio alguno en la reincorporación a sus antiguos puestos de trabajo". Este organismo será regulado por Decreto de 14 de octubre de 1938 y se denominará en lo sucesivo Servicio de Incorporación de Excombatientes al Trabajo. No obstante, no habiendo alcanzado los objetivos previstos, se publica el 25 de agosto de 1939 un decreto con la finalidad de definir con claridad la función primordial de este Servicio. Este Decreto supone tanto una modificación en la denominación como en las funciones del anterior Servicio de Reincorporación de Combatientes. Se crea así, dependiente de la Subsecretaría del Ministerio de Trabajo, el Servicio Nacional de Colocación de Excombatientes y Excautivos.
En el mismo mes de agosto de 1939 Franco ordena la creación de la Delegación Nacional de Excombatientes y nombra "para el desempeño del cargo de Delegado Nacional al camarada José Antonio Girón de Velasco". La misión primordial de esta Delegación es "incorporar la juventud combatiente a los puestos de trabajo, de honor o de mando a los que tienen derecho como españoles y que han conquistado como héroes". Esta Delegación queda encuadrada bajo la tutela del Estado y a las órdenes inmediatas de la Secretaría General de Falange Española Tradicionalista y de las Juntas de Ofensiva Nacional Sindicalista (FET y de las JONS).
Por Decreto de 28 de noviembre de 1941 la estructura de Falange Española queda establecida de la siguiente manera: Junta Política, Secretaría General del Movimiento, Milicias y Consejo Nacional del Movimiento (CNM). Y en concreto la estructura de la Secretaría General del Movimiento (SGM) es la siguiente: Vicesecretaría General (Delegación Nacional de la Sección Femenina, Delegación Nacional del Frente de Juventudes, Delegación Nacional del Servicio Exterior y Jefatura de Provincias); Vicesecretaría de Obras Sociales (Delegación Nacional de Sindicatos, Delegación Nacional de Auxilio Social, Delegación Nacional de Excombatientes y Delegación Nacional de Excautivos); Vicesecretaría de Educación Popular (Delegación Nacional de Propaganda, Delegación Nacional de Prensa, Delegación Nacional de Cinematografía y Teatro y Delegación Nacional de Radiodifusión) y la Vicesecretaría de Servicios (Delegación Nacional de Justicia y Derecho, Delegación Nacional de Información e Investigación, Delegación Nacional de Tesorería y Administración, Delegación Nacional de Comunicación y Transportes, Delegación Nacional de Sanidad, Delegación Nacional de Deportes y Delegación Nacional de Personal).
Si la Delegación Nacional de Excombatientes había dependido hasta 1954 de la Vicesecretaría de Obras Sociales, este año se transformó, bajo la dirección de Tomás García Rebull, y se volvió mucho más activa políticamente. Proliferaron entonces múltiples asociaciones de excombatientes que sirvieron de apoyo social a la dictadura de Franco.
A partir del Decreto de 20 de julio de 1957 la Secretaría General del Movimiento (SGM) sufrió importantes modificaciones. Será en la Delegación Nacional de Asociaciones donde se integre la antigua Delegación Nacional de Excombatientes, cuyas funciones quedaron encuadradas en el Servicio de Asociaciones de Antiguos Combatientes y el Servicio de Hermandades de Excautivos. Meses después comenzaron a organizarse las Hermandades de Excombatientes como la de Alféreces Provisionales, la de la División Azul, la de Tercios de Requetés, la de Caballeros Legionarios y otras muchas.
La desaparición de la Delegación Nacional de Asociaciones del Movimiento por el Decreto 15/1970, de 5 de enero, llevaría a la integración de ambos Servicios de Asociaciones de Antiguos Combatientes y de Hermandades de Excautivos en la Delegación Nacional de Acción Política y Participación, según quedó establecido en la Orden de la Secretaría General del Movimiento (SGM) de 16 de febrero de 1970.
Fecha del evento: 1939 - 1959
-Orden de la Presidencia de la Junta Técnica del Estado de 14 de Octubre de 1937.
-Decreto de 14 de Octubre de 1938 por el que se regula el Servicio de Incorporación de Excombatientes al Trabajo.
-Decreto de 25 de Agosto de 1939 por el que se define el Servicio Nacional de Excombatientes y Excautivos.
-Decreto por el que se reorganiza la Secretaría General de F. E. T. y de las J. O. N. S., agrupándose en cuatro Vicesecretarías los Organismos centrales del Movimiento, publicado en el BOE el 30-11-1941.
-Decreto de 20 de julio de 1957, publicado por el BOE el 27 de julio de 1957, por el que se estructuran los servicios de la Secretaría General del Movimiento, integrándose la Delegación Nacional de Excombatientes dentro de la Delegación Nacional de Asociaciones.
-Decreto 15/1970, de 5 de enero, por el que desaparece la desaparición de la Delegación Nacional de Asociaciones del Movimiento y se integra en la Delegación Nacional de Acción Política y Participación, según quedó establecido en la Orden de la Secretaría General del Movimiento de 16 de febrero de 1970.
PARES: Código Referencia:ES.28005.AGA/1.2.4.1.408//