Concepto/Objeto/Acontecimiento
Administración AutonómicaTérmino preferente equivalente (otro idioma) Término no preferente
Entidad territorial que, dentro del ordenamiento constitucional de España, está dotada de autonomía legislativa y competencias ejecutivas, así como de la facultad de administrarse mediante sus propios representantes, de acuerdo con el art. 2 de la Constitución Española de 1978.
La división política y administrativa de España tiene la forma de diecisiete comunidades autónomas, además de Ceuta y Melilla, cuyos estatutos de autonomía les otorgan el rango de ciudades autónomas.