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Unidad de Descripción que los contiene: El Rey concede en forma de privilegio parte de los derechos jurisdiccionales: cobro de alcabalas, participación de diezmos que pueden en ocasiones estar vinculados o no a la jurisdicción sobre el territorio. Las posibilidades de cesiones de derechos a los señores son muy diversas, desde los derechos sobre oficios públicos (numerosísimos los casos de cesiones de escribanías con el poder que ello conlleva de control sobre la fe pública y los títulos de propiedad), a diversos pechos, rentas y regalías. Derechos dominicales, alcabalas, hornos, castillos, puertos, puertas, carnicerías, salinas, oficios y regalías. Cuando el Rey entrega la totalidad de las jurisdicciones, véase CONCESIONES REALES DE JURISDICCION TERRITORIAL.

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 Confirmación de Felipe III a favor de Jorge Cárdenas [Manrique, IV] duque de Maqueda, del privilegio concedido a Gutierre de Cárdenas sobre ... Abrir en ventana nueva

Archivo: Archivo Histórico de la Nobleza

Fechas: 1603-11-04

Signatura: BAENA,C.273,D.70

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