Expedientes de depuración de funcionarios de Correos
1939 - 1945
Serie
Centro Documental de la Memoria Histórica
Durante la guerra civil, los expedientes de depuración se encontraban bajo la custodia directa del propio Juzgado especial, que se localizaba en Valladolid, sede del Ministerio de la Gobernación. El 5 de abril de 1939 se produjo un incendio en el archivo donde se custodia la documentación, ubicado en un local de la Universidad de Valladolid, destruyéndose gran parte de los expedientes. Esta contrariedad no supuso ningún obstáculo para la labor del Juzgado, dado que el juez especial ordenó la instrucción de los expedientes nuevamente, pero ya desde la sede del Palacio de Comunicaciones de Madrid, donde instaló sus oficinas. Extinguido el juzgado, a raíz del Real Decreto-Ley de10/76 de amnistía sobre las penas y responsabilidades derivadas de los delitos políticos o de opinión desde la Guerra civil, los expedientes de depuración se integraron los correspondientes expedientes personales de cada funcionario. El Real Decreto 1558/1977 determinó una nueva organización ministerial en la que se creaba el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y en el que se integraba la Dirección General de Correos y Telecomunicación, hasta ese momento dependiente de Gobernación. El Real Decreto 815/1978 dictaba la organización de este nuevo ministerio, determinándose la existencia de una subdirección específica de personal para los empleados públicos adscritos a Correos y Telecomunicaciones. En 1991 el Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones se interesó en transferir esta documentación que estaba depositada en el Archivo General de la Secretaría General de Comunicaciones dada la escasa transcendencia y validez administrativa de la documentación, pero sí histórica, por lo que se puso en contacto con la Sección de Guerra civil del Archivo Histórico Nacional. Esta transferencia supuso extraer del expediente personal el depurativo, reteniendo el archivo remitente la documentación que sí le interesaba, por otro lado, tampoco transfirió la documentación de la secretaría del juzgado ni los expedientes de los cuerpos adscritos a telégrafos que se encuentran actualmente en el archivo histórico documental del Museo Postal y Telegráfico. En enero de 1992 se materializaba la transferencia de los expedientes de depuración de los funcionarios pertenecientes a los cuerpos técnico, auxiliar, subalternos y carteros urbanos, incorporándose a la documentación custodiada en el CDMH. Registro General de Entrada de Fondos: 2/91.
Una de las consecuencias de la guerra civil española fueron las purgas políticas que los dos contendientes acometieron entre el personal funcionario desde el comienzo de la contienda en sus respectivas zonas. Esta serie documental se recoge la actuación que los nacionales iniciaron desde el principio de la sublevación en el territorio que quedó bajo su control. Inicialmente fueron las respectivas autoridades de militares las que realizaron esta tarea, estableciéndose un Juzgado Militar Especial de Depuración de Funcionarios Civiles en la Auditoría de Guerra del Ejército de Ocupación. La intervención de la jurisdicción militar sobre los funcionarios no fue incompatible con la jurisdicción civil, o mejor dicho administrativa, con la conformación de juzgados específicos en el ámbito de la administración pública que examinaba la ideología del encartado, así como su comportamiento laboral a lo largo del conflicto. Si los jueces militares podían imponer sanciones penales, llegando a la privación de libertad, la segunda imponía exclusivamente sanciones disciplinarias, las cuales podían acarrear como sanción máxima la separación permanente del servicio. Estos juzgados administrativos fueron creados desde el principio por la Junta Técnica de Estado, teniendo continuidad con el primer gobierno de Franco en enero de 1938. En este sentido, la Ley de 10 de febrero de 1939 vino a sistematizar la normativa para la depuración de funcionarios públicos, una vez que el ejército nacional acaba de entrar en Barcelona. En el primer artículo de esta ley se ordenaba el establecimiento por cada ministerio de la administración del estado un juzgado que investigase la conducta de todos los funcionarios con el propósito de tener un cuerpo funcionarial fiel a los principios políticos del Movimiento Nacional que iban a regir la administración española. En el Ministerio de la Gobernación se establecieron tantos juzgados como direcciones generales existentes, como el de Seguridad, Sanidad o Correos, que es el que nos ocupa. Bajo la dependencia directa del director general de Correos y Telecomunicación, el juzgado de depuración, situado primero en Valladolid, y posteriormente en el Palacio de Comunicaciones de Madrid, se organizaba en dos secciones, una por cada ramo, extendiendo su jurisdicción administrativa hacia empresas concesionarias de servicios de comunicaciones como Telefónica. Entre 1939 y 1941 hubo tres jueces especiales. Jerónimo Maíllo Sánchez, Luis Alonso Luengo y Leopoldo Duque Estévez, que habían sido jueces de primera instancia. Una vez mitigado el furor represor, Gonzalo Queipo de Llano y Buitrón, juez de primera instancia e instrucción y sobrino del general Queipo de Llano, ocupó esta plaza. Los jueces especiales designaron jueces instructores entre los propios funcionarios de Correos que tuviesen estudios de Derecho o bien experiencia en la tramitación de expedientes disciplinares. Inicialmente hubo 5 jueces instructores hasta quedar en uno solo en 1942 cuando el 98 por ciento de los expedientes habían sido resueltos. El juzgado de depuración contaba además con una secretaría cuya función era coordinar la labor de los juzgados instructores. Esta secretaría actuaba estrechamente con la Jefatura de Información de Correos, adscrita a la Sección de Personal. Pese a que el juzgado depurador de Correos apartó y sancionó a 4.555 personas, esto es, un 34,63 por ciento del funcionariado, el juzgado se mantuvo durante las siguientes décadas para tramitar las solicitudes de revisión que eran rechazadas. En 1967, el juzgado bajo la presidencia de Vicente Sancho Artola, siendo el director de Correos León Herrera Esteban, empezó a revisar favorablemente las solicitudes de reingreso. El Decreto ley de 3357/75 de 5 de diciembre revocó la antigua Ley de 1939, ordenándose la revisión de oficio. El Real Decreto-Ley 10/76, de 10 de julio, sobre amnistía vino a cerrar todo el proceso reintegrador del personal sancionado 40 años antes por la Dictadura.
TRANSFERENCIA
Secretaría General de Comunicaciones del Ministerio de Obras Públicas y Transportes.
1992-01-22
Juzgado Especial de la Dirección General de Correos y Telecomunicación (España)
Expedientes personales de depuración político-social de funcionarios de cuerpos de Correos, en los que se refleja todo el proceso que se realizaba, los distintos informes, los pliegos de cargos y descargos, las resoluciones, alegaciones, etc.
Ofrecen una rica información para el estudio de los procesos de depuración en la Administración, criterios que se seguían, instancias que participaban y tipo de resoluciones. En algunos casos adjuntan documentación de la época de la guerra.
En algunos casos se retoma el expediente a partir de 1976 ya que el Real-Decreto Ley 10/1976, de 30 de julio estableció que quedaran sin efecto determinadas sanciones establecidas en la Ley de 10 de febrero de 1939.
Los tipos documentales que predominan en los expedientes son los siguientes:
- Providencias de los jueces especiales y jueces de instrucción
- Diligencias de los secretarios del Juzgado Especial y certificaciones de actos judiciales expedidas por ellos
- Declaraciones juradas de las personas expedientadas
- Pliegos de cargos y descargos
- Fichas con los antecedentes políticos y sociales de las personas expedientadas
- Instancias y escritos de alegaciones remitidos por los expedientados al juez especial y al Director General de Correos y Telecomunicación
- Informes de antecedentes políticos y sociales de las personas expedientadas emitidos por instituciones diversas
- Avales con informes favorables sobre personas expedientadas emitidos por diversas personas o entidades
Informes remitidos por el juez especial al Director General de Correos y Comunicación proponiendo las resoluciones de los expedientes
- Resoluciones del Director General de Correos y Comunicación aceptando las resoluciones propuestas por el juez especial e imponiendo las sanciones correspondientes
- Solicitudes de revisión de los procesos concluidos con la imposición de sanciones
- Solicitudes de reingreso de los expedientados que han sido exculpados o han cumplido las sanciones.
Esta serie se estructura en cuatro subseries correspondientes a los cuerpos funcionariales que trabajaban en Correos:
- Cuerpo Técnico (5.575 exps.)
- Cuerpo Auxiliar (705 exps.)
- Cuerpo de Carteros Urbanos (6.857 exps.)
- Cuerpo de Subalternos (1.619 exps.)
Bueno
Bordes Muñoz, Juan Carlos: Correos en la España de Franco (1936-1975) : depuración de funcionarios y reorganización de los servicios postale. [Tesis doctoral bajo la dirección de Alicia Alted Vigil]. Madrid : [s.n.], 2003.
Bordes Muñoz, Juan Carlos: "El servicio de correos en los territorios españoles de África, y la represión de su personal, durante la guerra civil (1936-1939)". Cuadernos del Archivo Central de Ceuta, n. 15 (2006),p. 407-432.
Bordes Muñoz, Juan Carlos: "La depuración franquista de las funcionarias de correos : (1936-1975)" en La guerra civil y los medios de comunicación. N. 6 (2001), p. 239-264.
Bordes Muñoz, Juan Carlos: "El Exilio Postal de 1939". AEMIC. - N. 3 (dic. 2002), p. [97]-116.
Bordes Muñoz, Juan Carlos: El servicio de Correos durante el régimen franquista (1936-1975) : depuración de funcionarios y reorganización de los servicios postales. Fundación F. Largo Caballero: Cinca, 2009.
Signatura: INCORPORADOS,214 a 673