Real cédula ordenando que los casos de delitos graves en la Audiencia de México o en el distrito de Nueva Galicia y hubiese que proveer un juez pesquisidor, que el virrey con acuerdo de la Audiencia envíe a un alcalde del crimen u otro juez y que dicho alcalde o juez pueda perseguir a los delincuentes fuera del distrito del virrey, y que las causas se fenezcan ante los alcaldes del crimen.
MEXICO,1089,L.5,F.278V-279R
1568-12-19 , Madrid
Unidad Documental Simple
ES.41091.AGI/24//MEXICO,1089,L.5,F.278V-279R
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