Carta del licenciado [Lorenzo] Lebrón de Quiñones, oidor y visitador de la Audiencia de Nueva Galicia, al rey.

Identificación

Titulo Nombre Atribuido:

Carta del licenciado [Lorenzo] Lebrón de Quiñones, oidor y visitador de la Audiencia de Nueva Galicia, al rey.

Signatura:

GUADALAJARA,51,L.1,N.10

Fecha Creación:

Conocida 1554-09-10 , Taximaroa

Nivel de Descripción:

Unidad Documental Simple

Código de Referencia:

ES.41091.AGI/24//GUADALAJARA,51,L.1,N.10

Contexto

Nombre del/los productor/es:

Consejo de Indias (España)

Contenido y Estructura

Alcance y Contenido:

Informa de los siguientes asuntos:

Que el virrey le nombró, junto con el oidor-alcalde mayor el licenciado [Miguel de] Contreras [Ladrón de Guevara] para continuar la visita de la tierra, cuya relación enviará a la mayor brevedad posible, avisando de la falsedad de la información y documentos que se envían contra los jueces de las visitas.

Informa sobre los lugares que se le encargó visitar (provincias de Colima, Motines y Zacatula), estado de los indios y la disconformidad que han manifestado los oidores de la Audiencia de México con la visita.

Quejas contra los oidores de la Audiencia de México, sus causas e inconvenientes que resultan de ello y las obstrucciones al juez de visita.

Solicita que no se le impute culpa en el caso de que haya habido negligencia en la ejecución de lo ordenado sobre quitar los servicios personales a los indios, moderar los tributos y liberar a los esclavos, por haber estado ocupado tres años en la visita.

Sobre la opinión de los oidores de la Audiencia de México de que no es necesaria la de Nueva Galicia y causas de tal afirmación. Asimismo, plantea la conveniencia de que en ésta se nombre un gobernador.

Que envía relaciones particulares sobre asuntos que conviene proveer.

Sobre la poca ayuda que prestan los oidores de la Audiencia de México al virrey Luis de Velasco, el incumplimiento de provisiones reales por parte de aquéllos y la revocación de algunas provisiones y autos del virrey, en detrimento de los naturales, como sucede en la prorrogación de las encomiendas por más de dos vidas.

Que se prohíba a los oidores y oficiales reales tener granjerías y tratos.

Inconvenientes que se siguen de que los oidores contraigan matrimonio en los lugares de su jurisdicción.

Dificultades económicas que tienen los oidores de la Audiencia de Nueva Galicia y petición de aumento de salario.

Solicita que se les señale ayuda de costa a los oidores que salen a realizar visitas.

Solicita licencia para contraer matrimonio y que en caso de que su futura esposa tenga indios encomendados, solicita merced para poderlos tener.

Solicita que se premien sus servicios en razón a sus méritos y a los de su padre, el licenciado Cristóbal Lebrón, y su hermano, Jerónimo Lebrón de Quiñones.

Informa de la apropiación y usurpación por particulares de muchos pueblos de indios pertenecientes a la Corona, sin tener ningún título o derecho para ello, recibiendo los indios malos tratos y abusos, obligados a servir sin tasación o siendo tasados con tributos excesivos y a servicios personales, prestando poco favor los oidores a los visitadores.

Conveniencia de que la persona que vaya a hacer la visita tenga completa autoridad, facultad y poder, dándole una instrucción más larga y detallada.

Solicita que los oidores no revoquen las sentencias y autos que dan los visitadores.

Pide que mande que no se revoque ni se impida la ejecución de lo que proveen los visitadores a favor de los indios y contra los abusos y engaños de los encomenderos, y envía el traslado de una petición de un particular.

Que se remite el parecer que se dio a una petición suya en el capítulo de religiosos franciscanos celebrado en Tarécuato, provincia de Michoacán.

Informa sobre el procedimiento que él ha seguido en la visita y el que se seguía anteriormente. Cita casos de agravios y crueldades ejercidas sobre los indios. Solicita que se castigue duramente a los españoles encomenderos y principales que traman engaños en las visitas. Refiere las acusaciones de los españoles contra los visitadores, citando varios casos y solicita que se mande enviar los procesos sobre estos asuntos al Consejo de Indias.

Solicita que se mande que sea suficiente con dar a los oidores los traslados de los procesos originales, signados para que hagan fe, por las razones que expone. Pide también que ordene que los oidores no inhiban al visitador en las apelaciones.

Refiere que las residencias que se toman a los corregidores y alcaldes mayores no tienen ningún efecto para desagraviar a los indios, por las razones que expone.

Insiste en la falta de autoridad de los visitadores pues no se guarda ni cumple lo que proveen.

Solicita que se mande remediar el mal ejemplo y deshonestidades de muchos clérigos y los robos, tiranías y crueldades que ejercen contra los indios.

Expone la conveniencia de que se mande expulsar a algunos hombres poderosos y escandalosos que viven en esa tierra, ricos en esclavos, minas y pueblos, por temor a una rebelión, como ha sucedido en Perú.

Manifiesta la necesidad de que haya Inquisición para castigar delitos graves y desacatos que se hacen en las iglesias.

Asimismo que se nombren alcaldes del crimen con las mismas facultades y preeminencias que los de la Corte.

Informa de la suntuosidad de los edificios de algunos monasterios, especialmente de los agustinos, que se construyen a costa de los tributos y servicios personales de los indios, teniendo algunos hasta 200 ó 300 hombres de servicio sin recibir paga alguna.

Sobre diferencia que ha tenido con los oidores sobre llevar la vara de justicia.

Pide disculpas por la prolijidad de la carta.

Explica que esta carta es duplicada de otra datada en México, que se envió en marzo de 1554 y se perdió con la flota.


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