Escritura de concordia, transacción e iguala otorgada entre don Luis Fernández Manrique, [IV] marqués de Aguilar de Campoo y conde de Castañeda, a los concejos, villas y lugares de San Cebrián de Campos, Támara, Herrumbrada, Población, Espinosa de Villagonzalo, Santa Cruz de Boedo y Resgada sobre los maravedís y martiniegas, que dichas villas estaban obligadas a pagar anualmente al mayorazgo y por su orden al convento de Nuestra Señora de Villamediana, de la orden premostratense, en razón a una escritura de trueque que había otorgado el marqués con ellos.
AGUILAR,C.12,D.14-15
1560-04-21 - 1560-04-21
Unidad Documental Compuesta
ES.45168.AHNOB//AGUILAR,C.12,D.14-15
Archivo Histórico de la Nobleza 154. Archivo de los marqueses de Aguilar de Campoo 2. JURISDICCIÓN SEÑORIAL Convenios sobre jurisdicción
Marquesado de Aguilar
Contiene además: -Carta de pago, otorgada por los regidores de Santa Cruz de Boedo, de los 14.000 maravedís de la concordia sobre el pago de las martiniegas a los marqueses y al mencionado convento.
Bueno