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Administración de justicia

Archivo de la Real Chancillería de Valladolid

Identificación

Titulo Nombre Atribuido:

Administración de justicia

Titulo Nombre Paralelo:

Impartición de justicia

Fecha Formación:

1835  -  1989

Nivel de Descripción:

1ª División

Situación en el cuadro de clasificación del archivo:

Archivo de la Real Chancillería de Valladolid     Audiencia Territorial de Valladolid

Contexto

Historia Archivística:

La documentación judicial de la Audiencia Territorial fue remitida al Archivo de la Real Chancillería de Valladolid de forma extraordinaria a lo largo de diversas remesas desde los años 90 hasta mediados de la primera década del siglo XXI. Esta documentación llegó dividida en tres grandes agrupaciones documentales de legajos y cajas (Civil, Criminal y Contencioso) que se corresponden con el modo en que se organizó la unidad del Archivo de la extinta Audiencia Territorial de Valladolid. Desde el año 2008, el Archivo de la Real Chancillería de Valladolid ha venido realizando tareas de reinstalación y consolidación de la documentación, así como ciertos trabajos encaminados a la descripción documental (sobre todo la parte correspondiente a causas penales).

Historia Institucional / Reseña Biográfica:

La administración de justicia en la Audiencia Territorial se realizaba a través de salas de justicia donde los magistrados se reunían para analizar las pruebas y hechos de los pleitos e impartir justicia de manera colegiada.

En los primeros momentos de la Audiencia Territorial de Valladolid, tal y como establecía el Reglamento Provisional para la Administración de Justicia de 26 de septiembre de 1835, quedo configurada para administrar justicia a través de tres salas, dos de ellas para el orden civil y una tercera para el orden criminal, dejando abierta la posibilidad de que el Regente de la Audiencia Territorial crease salas de justicia auxiliares si las salas ordinarias se encontraban recargadas. En principio, los magistrados adscritos a la Audiencia Territorial se turnaban para asistir a las diversas salas de justicia, tanto civiles como la sala criminal, pero esta práctica se anual con la Real Orden de 5 de noviembre de 1839, dejando a cada magistrado adscrito a una sala en concreto.

Esta estructura de tres salas ordinarias se mantuvo hasta que llegó la reforma de la Justicia de la mano de la Ley Provisional sobre Organización del Poder Judicial de 15 de Septiembre de 1870. Con ella, se suprimió una de las salas de lo civil, siendo auxiliada en el despacho de los negocios civiles por la sala de lo Criminal.

A partir de la promulgación de la Ley Adicional a la Organización del Poder Judicial de 1882, en la que se crean las Audiencias de lo Criminal, la sala de lo Criminal pasa a tener la misma denominación que las recién creadas Audiencias de lo Criminal. Finalmente, con el Real Decreto de 16 de julio 1892 de creación de las Audiencias Provinciales, que cristaliza al año siguiente, tal y como consta en la Ley de Presupuestos de 5 de agosto de 1893, se suprime la Sala de lo Criminal de la Audiencia Territorial de Valladolid siendo sustituida en sus atribuciones por las Audiencias Provinciales de León, Palencia, Salamanca, Valladolid y Zamora. Desde entonces, la Sala de lo Criminal de la Territorial tan sólo se constituirá de forma excepcional para causas de especial relevancia.

En cuanto al orden contencioso-administrativo, debido a la promulgación de la Ley de 13 de septiembre de 1888, se creó en la sede de la Audiencia Territorial de Valladolid un tribunal para abordar los asuntos contencioso-administrativo de la provincia de Valladolid, compuesto por el presidente de la Audiencia Territorial, dos magistrados de la Sala de lo Civil y dos diputados provinciales. Este tribunal actuó como una sala de justicia más de la Audiencia, hasta que la Ley de 27 de diciembre de 1956 reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa estableció la definitiva supresión de estos tribunales de ámbito provincial y la creación de una sala de lo Contencioso-Administrativo en la Audiencia Territorial para asumir los asuntos que hasta ese momento eran tramitados por los Tribunales provinciales de lo Contencioso de León, Palencia, Salamanca, Valladolid y Zamora.

Esta estructura basada en una sala ordinaria de lo Civil, que podía ser auxiliada por salas extraordinarias en función de la demanda, y una Sala de lo Contencioso - Administrativo, se mantuvo hasta la definitiva desaparición supresión de la Audiencia Territorial de Valladolid en 1989. Tan sólo se vio alterada temporalmente con la creación de una Sala Especial de Responsabilidades Políticas, a partir de la promulgación de la Ley de 19 de febrero de 1942 de Reforma de la Ley de Responsabilidades Políticas, por la que se suprimía el Tribunal Regional de Responsabilidades Políticas, asentado en la sede de la Audiencia Territorial. Esta sala especial estuvo encargada de despachar los asuntos en materia de responsabilidades políticas hasta la supresión de este tipo de jurisdicción con el Decreto de 13 de abril de 1945, momento en que queda suprimida a favor de una Comisión Liquidadora encargada de finalizar los asuntos que quedaban pendientes.

Nombre del/los productor/es:

Audiencia Territorial de Valladolid (España)

Contenido y Estructura

Alcance y Contenido:

En cuanto a las funciones específicamente destinadas a administrar justicia, la Audiencia Territorial de Valladolid desempeñó sus competencias en varios órdenes jurisdiccionales:


Jurisdicción civil: La Audiencia Territorial de Valladolid ejerció como tribunal de apelación de las causas civiles vistas en los juzgados de primera instancia y en su última etapa, de causas vistas en las audiencias provinciales.Jurisdicción penal: La Audiencia Territorial de Valladolid mantuvo competencias exclusiva en el ámbito de lo penal hasta el año 1883, momento en que la Sala de lo Criminal se sustituye por audiencias en cada provincia para determinas los asuntos penales que eran remitidos desde los respectivos juzgados de instrucción.Jurisdicción contencioso-administrativa: Los tribunales provinciales de lo contencioso-administrativo que fueron creados a finales del siglo XIX para resolver recursos contenciosos dieron paso a la creación de una sala de lo contencioso en 1956 que pasó a asumir estas funciones.Resolución de cuestiones competencia: Además de las causas civiles, penales y contenciosas, la Audiencia Territorial, ententida como órgano judicial superior, ejerció a través de sus salas de lo civil como órgano responsable de resolver cuestiones de competencia entre tribunales o juzgados dentro del mismo orden jurisdiccional.

Condiciones de Acceso y Uso

Índices de Descripción:

Soporte y Volumen

1640 Caja(s) en Papel .  aproxmadamente. 
1740 Legajo(s) en Papel .  aproximadamente.