Fundaciones de obras pías.
Serie
ES./115
Archivo Histórico de la Nobleza
115. Archivo los condes de Ezpeleta de Veire
115.4. Condado de Echauz
7. PATRONATO DE OBRAS PÍAS
Condado de Echauz Condado de Ezpeleta de Beire
Se suelen realizar por escritura pública, generalmente como cláusula de un testamento, donde se especifican los bienes con los que el patrono dota a cada obra. Estas escrituras constituyen esta serie, que en ocasiones van acompañadas con la autorización eclesiásticay el acta de toma de posesión por el patrono, conformando una especie de dossier. Las Obras Pías, pueden ser tanto obras benéficas (hospitales, universidades, dotación dehuérfanas), como las dedicadas al culto divino (capellanías y beneficios eclesiásticos, memorias de misas, patronato de conventos). Comprende por tanto lo referente a la fundación y administración de las obras pías o las disposiciones por las que se rigen.