Escritura de partición hecha entre don Pedro Sarmiento y su hermana doña Juana Sarmiento, casada con don Luis de la Cerda, conde de Medinaceli, por la que dividieron los bienes dejados por su padre Diego Pérez Sarmiento.
1433-09-26 - 1433-09-26
Unidad Documental Simple
Archivo Histórico de la Nobleza 154. Archivo de los marqueses de Aguilar de Campoo 3. PATRIMONIO Convenios sobre posesiones
Marquesado de Aguilar
Notas: -Correspondió a doña Juana: la villa, con la jurisdicción civil y criminal, y sus pechos, derechos y heredades, de Enciso y los lugares de Barca y Fresno, la villa de Almazán y Berlanga, más algunas casas en Valladolid. -Correspondió a don Pedro Sarmiento: los lugares, vasallos, rentas y pechos, con jurisdicción civil y criminal, pertenecientes a Juarros que son Santa Cruz, Ibeas, San Millán, Cuzcurrita, Mozoncillo, Salgüero y Villamiel; el señorío y vasallos que tienen en el alfoz de Lara con todos sus derechos, que son Villanueva de Carazo, Hornillos, Terrazas y Veguillas; el lugar de Ocio y Cadalso de Quintana, en Álava; en tierra de Campos, Revenga, Villelga, Castil de la Vega y Peñalba (en la ribera del Duero); los lugares de Sobrón, Carranza, y Estulis con su castillo; y toda la tierra de Arreba con sus aldeas y términos y con sus castillos, en la merindad de Castilla la Vieja.