160. Archivo de los marqueses de Heredia
HEREDIA
1485 - 2020
Fondo
ES.45168.AHNOB
Archivo Histórico de la Nobleza
El archivo de los marqueses de Heredia ingresó en el Archivo Histórico de la Nobleza el 22 de marzo de 2022 por comodato suscrito entre Alfonso González de Regueral, marqués de Heredia, con la Dirección General de Bellas Artes.
El marquesado de Heredia fue concedido el 10 de septiembre de 1833 por Fernando VII, con Grandeza de España, a Narciso de Heredia y Begines de los Ríos, II conde de Heredia-Spínola, IV conde consorte de Ofalia, ministro del Consejo de Guerra, de Gracia y Justicia y de Fomento, secretario de Estado, embajador en Londres y París, secretario general del Consejo de Regencia, presidente del Consejo de Ministros, prócer del Reino y senador vitalicio, ente otros cargos. Los marqueses de Heredia se vincularon por vía de matrimonio con el linaje de los marqueses de Casa-Pontejos y de los marqueses de Valbuena de Duero, lo que permitió la acumulación de abundantes y diversos bienes y propiedades tanto en Madrid capital como en varios municipios de las provincias de Cantabria, Valladolid, Granada, Cádiz, Málaga y Almería, a través de la incorporación por vínculos matrimoniales de tierras y rentas ligadas a mayorazgos. Asimismo, las ramas laterales de la familia tuvieron en posesión los condados de Heredia-Spínola y de Doña Marina.
DEPÓSITO
Comodato suscrito con Alfonso González de Regueral, marqués de Heredia, con la Dirección General de Bellas Artes.
2022-03-22
Marquesado de Heredia
Contiene documentos habituales de los archivos nobiliarios: documentación relacionada con los linajes, propiedades, mayorazgos, derechos y privilegios concedidos a la familia; y en diferentes soportes (papel, pergamino y fotográfico), algunos de ellos iluminados, como títulos, ejecutorias de hidalguía y certificados de reyes de armas.
Acceso denegado (para consulta en sala y/o reproducción de documentos) por carecer del tratamiento técnico específico que permita garantizar su control y conservación, en virtud de los arts. 44 y 46 de la Constitución Española, de las disposiciones de desarrollo de la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español, así como lo dispuesto en el art. 25.2 del Real Decreto 1708/2011, en el que se establece el Sistema Español de Archivos y se regula el Sistema de Archivos de la Administración General del Estado y de sus Organismos Públicos, incluido su régimen de acceso.
Mientras el fondo documental se encuentre en tratamiento técnico, no se permite su reproducción de acuerdo con el Art.31.a del Real Decreto 1708/2011, en el que se establece el Sistema Español de Archivos y se regula el Sistema de Archivos de la Administración General del Estado y de sus Organismos Públicos, incluido su régimen de acceso.
Bueno