Escrituras de hipoteca
Serie
ES./115
Archivo Histórico de la Nobleza
115. Archivo los condes de Ezpeleta de Veire
115.4. Condado de Echauz
3. PATRIMONIO
Condado de Echauz Condado de Ezpeleta de Beire
La escritura de hipoteca se constituye como garantía de una obligación dineraria, accesoria e indivisible, y recae directamente sobre bienes inmuebles ajenos (o derechos reales enajenables impuestos sobre bienes inmuebles) que permanecen en posesión de su dueño. En el caso de que se incumpla la obligación, el acreedor está facultado para vender el bien y aplicar el producto a la satisfacción de su crédito. Es un derecho indivisible, ya que todo el bien es objeto de la hipoteca, que sólo puede ser cancelada una vez.