Dos provisiones reales dadas por Carlos II y expedidas por la Chancillería de Valladolid, a petición de don Bernardo (el 3º) de Silva Manrique, [VIII] marqués de Aguilar de Campoo, para que los juicios de residencia hechos en el condado de Castañeda y el valle de Toranzo, y que se habían apelado por los residenciados, se envíen a la Chancillería de Valladolid, pagando ellos las costas.
AGUILAR,C.63,D.122-124
1672-06-14 - 1672-11-09
Unidad Documental Compuesta
ES.45168.AHNOB//AGUILAR,C.63,D.122-124
Archivo Histórico de la Nobleza
154. Archivo de los marqueses de Aguilar de Campoo
2. JURISDICCIÓN SEÑORIAL
Disposiciones reales sobre jurisdicción
Marquesado de Aguilar
Contiene además: -Traslado del acta de una junta general celebrada en el lugar de Santiurde, en el valle de Toranzo, para dar el pésame a doña Ana María de Guevara, [VIII] marquesa de Aguilar de Campoo, por la muerte de su esposo.
Bueno