Sr. Vives y Sra. Lozada piden exención pago de contribución
ULTRAMAR,311,Exp.1
1863 - 1864
Unidad Documental Compuesta
ES.28079.AHN/16//ULTRAMAR,311,Exp.1
Archivo Histórico Nacional 2. INSTITUCIONES CONTEMPORÁNEAS 2.3. Poder Ejecutivo 2.3.1. Administración General del Estado. Administración Central Ministerio de Ultramar Fomento de Puerto Rico. Ministerio de Ultramar Expedientes varios sobre asuntos de Fomento
Ministerio de Ultramar (España)
Don Juan Vives, hacendado de Guayama, y doña Andrea Lozada, viuda de Curet, piden exención del pago de contribuciones por haber introducido riego en sus haciendas. Concedido, pero se advierte que en lo sucesivo no habrá estas dispensas. (Este exped. comienza en el nº 1 y termina en el nº 2)
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