Expediente general relativo a los ferrocarriles de Puerto Rico
ULTRAMAR,384,Exp.4
1889
Unidad Documental Compuesta
ES.28079.AHN/16//ULTRAMAR,384,Exp.4
Archivo Histórico Nacional
2. INSTITUCIONES CONTEMPORÁNEAS
2.3. Poder Ejecutivo
2.3.1. Administración General del Estado. Administración Central
Ministerio de Ultramar
Fomento de Puerto Rico. Ministerio de Ultramar
Expedientes varios sobre asuntos de Fomento
Ministerio de Ultramar (España)
Por Real Orden de 24 de enero de 1889 se dispone que las líneas del ferrocarril deben aproximarse en todo lo posible al casco de los pueblos, según el artículo 4º del pliego de condiciones aprobado por Real Decreto de 17 de diciembre de 1886. Por otra Real Orden de la misma fecha se declara libre de derechos arancelarios al material fijo y móvil que se introduzca en la isla para la construcción de los ferrocarriles concedidos. Expediente instruido con motivo de la instancia del representante de la Compañía de Ferrocarriles, solicitando la devolución de los derechos exigidos a los materiales introducidos en vapores franceses.
Digitalizado