Carta de la Oficina de la Villa Nacho Enea remitiendo copias de las instrucciones a seguir por los españoles que entran en el territorio nacional desde la zona republicana que traen consigo billetes sin el estampillado del Gobierno Nacional
INCORPORADOS,1466,71
1937-08-04 - 1937-08-04
Unidad Documental Compuesta
ES.37274.CDMH/16//INCORPORADOS,1466,71
Centro Documental de la Memoria Histórica 1. ARCHIVOS PÚBLICOS Representaciones diplomáticas en el exterior Representación diplomática del Gobierno Nacional de España en París (Francia) Canje de pesetas
Representación diplomática del Gobierno Nacional de España en París (Francia)
Contiene: - Copias de un aviso de la Junta Económica de Guipúzcoa sobre el canje de billetes procedentes de la zona republicana. - Datos sobre las formalidades a cumplir en la frontera del norte de España por las personas portadoras de billetes del Banco de España de emisiones anteriores al 18 de julio de 1936 y en circulación en esa fecha. - Copias de una Orden de 10 de julio de 1937.
Bueno
Iniciada la guerra civil, el Gobierno Nacional declaró que no reconocería la validez de los billetes puestos en circulación por el Gobierno de la República con posterioridad al 18 de julio de 1936. Los billetes emitidos con anterioridad sí serían admitidos, pero para ello debían ser previamente estampillados. El estampillado se realizaba mediante un sello en seco que contenía la leyenda "Estado Español. Burgos."
Fuente: https://numismaticaflores.com/es/content/16-estampillado