Autorizado desembarco del Resguardo de servicio de buques
ULTRAMAR,1088,Exp.22
1871
Unidad Documental Compuesta
ES.28079.AHN/16//ULTRAMAR,1088,Exp.22
Archivo Histórico Nacional
2. INSTITUCIONES CONTEMPORÁNEAS
2.3. Poder Ejecutivo
2.3.1. Administración General del Estado. Administración Central
Ministerio de Ultramar
Hacienda de Puerto Rico. Ministerio de Ultramar
Aduanas
Se autoriza al administrador de la Aduana de Arecibo a permitir el desembarco de los individuos del Resguardo de servicio a bordo de los buques que se hallan en aquella rada cuando el peligroso estado del mar así lo aconseje
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