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Aplicación de la Ley de tranvías de la Península en Ultramar

Archivo Histórico Nacional

Identificación

Titulo Nombre Atribuido:

Aplicación de la Ley de tranvías de la Península en Ultramar

Signatura:

ULTRAMAR,228,Exp.16

Fecha Formación:

1866  -  1879

Nivel de Descripción:

Unidad Documental Compuesta

Código de Referencia:

ES.28079.AHN/16//ULTRAMAR,228,Exp.16

Situación en el cuadro de clasificación del archivo:

Archivo Histórico Nacional     2. INSTITUCIONES CONTEMPORÁNEAS     2.3. Poder Ejecutivo     2.3.1. Administración General del Estado. Administración Central     Ministerio de Ultramar     Fomento de Cuba. Ministerio de Ultramar     Obras Públicas. Fomento de Cuba     Ferrocarriles     Expedientes de elaboración y reforma de disposiciones legales de Obras Públicas. Ferrocarriles

Contexto

Nombre del/los productor/es:

Ministerio de Ultramar (España)

Contenido y Estructura

Alcance y Contenido:

Aplicación de la Ley de tranvías en Cuba, Puerto Rico y Filipinas: Por Real Orden de 27 de julio de 1864 se ordena a los gobernadores de Cuba y Puerto Rico que, sobre las mismas bases de la Ley de 15 del mismo mes, para la concesión de los ferrocarriles de tracción animal, propongan la forma de hacerla extensiva a aquellas islas. Por Real Decreto de 11 de febrero de 1868 y a petición del gobernador superior civil de Filipinas, se regulan estas concesiones para el archipiélago. Dictada la Ley de Ferrocarriles de la Península de 23 de noviembre de 1877 que incluye un capítulo sobre tranvías, se estudia hacerla extensiva a Ultramar. Acompaña impresa la Ley de 5 de junio de 1859 sobre los ferrocarriles servidos con fuerza animal

Condiciones de Acceso y Uso

Índices de Descripción:

Documentación Asociada

Soporte:

Digitalizado contiene imágenes digitalizadas

Soporte y Volumen

20 Documento(s) en Papel .