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Informaciones genealógicas de pretendientes a cargos del Santo Oficio

Archivo Histórico Nacional

Identificación

Titulo Nombre Atribuido:

Informaciones genealógicas de pretendientes a cargos del Santo Oficio

Fecha Formación:

s.XVI  -  s.XIX

Nivel de Descripción:

Serie

Situación en el cuadro de clasificación del archivo:

Archivo Histórico Nacional     1. INSTITUCIONES DEL ANTIGUO RÉGIMEN     1.1. INSTITUCIONES DE LA MONARQUÍA     Consejo de Inquisición     Secretaría de Aragón. Consejo de Inquisición

Contexto

Historia Institucional / Reseña Biográfica:

Excepción hecha del Inquisidor General, todos los componentes que tuvieron relación con la Inquisición debían acreditar su limpieza de sangre, certificando no descender de judíos, musulmanes o penitenciados por el Santo Oficio. Esto suponía que todo pretendiente a un cargo debía demostrar ante el Consejo e Inquisidor General que reunía estas cualidades: inquisidores, fiscales, secretarios. También aquellos miembros de la organización que sin estar adscritos a la plantilla retribuida de un tribunal, ejercían como componentes auxiliares: familiares, alguaciles mayores, comisarios, calificadores. Desde principios del siglo XVI la Inquisición quiso controlar el acceso a estos puestos, fijando unos límites que fueron evolucionando con el tiempo. Al principio no se deseaba a la alta nobleza ni caballeros y se prefería a hidalgos y cristianos viejos enriquecidos. Para los cargos directivos (consejeros, inquisidores, fiscales), el requisito era el título universitario. Estar protegido por el fuero inquisitorial era una situación privilegiada muy valorada en el Antiguo Régimen por lo que nunca faltaron candidatos y por eso mismo hubo choques con otros organismos que deseaban limitar la extensión de esta jurisdicción particular mediante las concordias que se llegaban después de una buena serie de pleitos de competencias. Salvo en los puestos vinculados a la hacienda inquisitorial (por ende, regia, como receptores, jueces de bienes confiscados, secretarios del secuestro), el resto de nombramientos pasaban por el Inquisidor General, que era jurídicamente quien había recibido del Pontífice la auctoritas. Más tarde, el Inquisidor General delegaba a su vez ciertos nombramientos (familiares en pequeñas localidades) a los inquisidores de los Tribunales pero se reservaba la decisión para los cargos de plantilla (conocidos en la documentación como oficiales o ministros.

Nombre del/los productor/es:

Consejo de Inquisición (España)

Contenido y Estructura

Alcance y Contenido:

Las informaciones genealógicas de pretendientes a cargos del Santo Oficio recogen las encuestas realizadas en las poblaciones de donde eran originarios los ancestros de los postulantes para averiguar que no habían sido penitenciados por el Santo Oficio y eran de vida honesta. También se transcribían partidas de bautismo y matrimonio para demostrar que la genealogía aportada por el candidato al inicio del procedimiento era verdadera. Una vez aprobada la información genealógica por el Tribunal tramitador, era enviada al Consejo de la Inquisición para su aprobación definitiva.

El proceso para el nombramiento de un miembro del Santo Oficio partía del interesado, que se ponía en contacto con el Inquisidor General postulándose para un cargo que le interesaba y que sabía de antemano que estaba vacante. Recibidas varias cartas de diversos candidatos, el Inquisidor General escogía al más idóneo. A continuación pasaba la documentación al Consejo para que pusiera en marcha la máquina burocrática. La Suprema se ponía en contacto con los Tribunales interesados para que abrieran la fase de probanza: informe del fiscal del Tribunal con el resultado de la “recorrección de registros”; aprobación de la genealogía por los inquisidores; nombramiento de secretario, comisario y notario para hacer las encuestas; interrogatorios a los testigos (de 8 a 12 según las fechas y calidad del encuestado); aprobación del interrogatorio por los inquisidores del Tribunal; remisión del expediente al Consejo para su aprobación; acta de aprobación de la información genealógica por el Consejo. El conjunto de estos documentos forma un expediente que se conoce como información genealógica de pretendiente a cargo del Santo Oficio.

Las informaciones genealógicas tramitadas por la Secretaría de Aragón, eran las remitidas por los siguientes Tribunales de Distrito:

- Tribunal de Barcelona
- Tribunal de Cerdeña
- Tribunal de Valencia
- Tribunal de Sicilia
- Tribunal de Zaragoza
- Tribunal de México
- Tribunal de Mallorca
- Tribunal de Cartagena de Indias
- Tribunal de Logroño
- Tribunal de Lima

Condiciones de Acceso y Uso

Índices de Descripción: