Expediente general de la Administración local en Filipinas: organización y creación de oficinas

Identificación

Titulo Nombre Atribuido:

Expediente general de la Administración local en Filipinas: organización y creación de oficinas

Signatura:

ULTRAMAR,5350,Exp.1

Fecha Formación:

1846  -  1874

Nivel de Descripción:

Unidad Documental Compuesta

Código de Referencia:

ES.28079.AHN/16//ULTRAMAR,5350,Exp.1

Contexto

Historia Archivística:

Nombre del/los productor/es:

Ministerio de Ultramar (España)

Contenido y Estructura

Alcance y Contenido:

Expediente general de organización de la Administración local en Filipinas: la Real Orden de 2 de abril de 1846 faculta al gobernador capitán general para emplear los sobrantes de los fondos locales en asuntos de utilidad pública sin intervención de la Hacienda, justificando mediante expediente, la necesidad de acudir a esos fondos. El mismo año, el intendente de Ejército y Hacienda, Gervasio Gironella, propone un arreglo del ramo de propios. En 1852, el intendente Juan Manuel de la Matta, propone crear una sección para la administración y contabilidad de los ramos locales, acompañando: Circular impresa de la Administración General de Tributo, fechado en septiembre de 1850, dictando medidas para el cumplimiento de la Real Orden de 27 de septiembre de 1845 sobre exigir en Ultramar un porcentaje de todos los arbitrios, derechos e impuestos; Estado que forma la Administración General de Tributos de los productos de la recaudación de arbitrios de todas las provincias en 1850; y Proyecto de Instrucción de Propios, Arbitrios y Cajas de Comunidad. Por Real Orden de 17 de mayo de 1854, se crea la Sección de Administración, recaudación y contabilidad de fondos de Comunidad, en la Administración General de Tributos. Por Reales Órdenes de 30 de agosto de 1858, se deslindan las atribuciones, del gobernador de las de la Superintendencia y la Juan Superior Directiva de Hacienda, y se crean una Juan Directiva General de Administración Local, encargada de los propios y arbitrios y cajas de comunidad, y una Contaduría de los mismos ramos, y se dictan disposiciones para su régimen y gobierno. Nombramiento de empleados, aumento de plantilla y reorganización de la Dirección. Por Real Orden de 5 de mayo de 1864 se suprime la Junta Directiva de Administración Local, y asume sus funciones consultivas el Consejo de Administración de Filipinas que había sido creado por Real Decreto de 4 de julio de 1861. En 8 de octubre de 1871, se dictan varias Reales Órdenes, disponiendo que la Dirección de Administración Local y el gobernador, en su calidad de superintendente, sean los únicos competentes para tramitar los expedientes relativos al fomento de los ramos locales. (Lleva unidos los expedientes 2 a 7 de este mismo legajo).

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Soporte y Volumen

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