CONSELL D'ECONOMIA DE CATALUNYA
1937 - 1938
3ª División
ES./4
Centro Documental de la Memoria Histórica 1. ARCHIVOS PÚBLICOS Delegación Nacional de Servicios Documentales de la Presidencia del Gobierno SECCIÓN POLÍTICO-SOCIAL PS-BARCELONA GENERALITAT DE CATALUNYA. FINANZAS Y ECONOMÍA
El Consell d¿Economia, presidido por Josep Tarradells, y el decreto de colectivizaciones de 24 de octubre de 1936 se proponía construir una industria de guerra y financiar una economía revolucionaria, asi como dar a la nueva estructura política y social del país un contenido que hiciera posible fortalecer la nueva situación con la finalidad de ganar la guerra e inspirar la confianza en la retaguardia y en el Ejército. Parece que el intento del Gobierno de la Generalitat fue realizar una función eficiente y determinante, incorporando en su seno a todas las fuerzas politicas y sociales que en aquellos momentos luchaban por la causa republicana. El Consell d¿Economia, por tanto, se crea como un alto organismo consultivo y asesor del gobierno de la Generalitat en materia económica y, según el reglamento de 17 de agosto de 1937, estaba compuesto por los siguientes miembros: -Presidente Delegado -6 vocales consejeros-delegados de los Departamentos de Finanzas, Economía, Agricultura, Abastecimientos, Obras Públicas y Trabajo -16 vocales representantes de ERC, CNT, PSUC, FAI, ACR, y U de R. Bajo la presiedencia del vocal consejero del Departamento correspondiente del Consell d¿Economia se constituyen los Consells Generals d¿Indústria (Decreto de 9 de julio de 1937, DOGC num. 194, 19 de julio), para cada una de las 14 ramas industriales clasificadas en el Decreto de 26 de diciembre de 1936, con la misión de reunir en Federacions Economiques d¿ Indústria las diversas empresas, formular los planes de producción industrial con carácter general y proponer al Consell d¿Economia la ampliación, creación, fusión o supresión de fábricas, comercios, talleres, etc... estableciendo la cooperación técnica entre las empresas del ramo para mejorar la producción y reducir el coste de la msma en la distribución. Otras funciones de los mencionados Consells eran orientar la vida comercial de las empresas, estudiar las posibilidades de explotación de ls riquezas naturales, realizar estadísticas de producción y consumo, y, con carácter general estudiar todos los problemas que afectaran a las industrias y proponer al Consell d¿Economia todas las soluciones posibles para impulsar la prosperidad del país. Los Consells estaban constituidos de la siguiente forma: -Presidente -4 representantes de los Consejos de empresa -8 representantes de las Centrales sindicales UGT y CNT -4 técnicos nombrados por el Consell d¿Economia. Esta preocupación de la Generalitat por la guerra y por impulsar la industria fue la causa también de la creación el 7 de agosto de 1936 de un organismo activo y decisivo La Comissió d¿Indústries de guerra, presidida por el propio Tarradellas y formada, del mismo modo que los Consells, por técnicos militares, políticos, y representantes sindicales. De ella dependían todas las fábricas, talleres y centros de armamento y material de guerra, que hubieran sido objeto de incautación o intervención por parte de la Generalitat, y tenía a su cargo todas las actividades de fabricación, distribución de las adquisiciones, control de material y todos los aspectos referentes a la movilización industrial. Con la reestructuración del Departament d¿Economia, por Deceto de 2 de octubre de 1936, es creada la Direcció General d¿Indústria i Comerç, que dirige y coordina los servicios propios del Departamento, tales como La Junta de Control Sindical Econòmic y el Departament Tècnic d¿Indústria i Comerç. Presidida por el Conseller d¿Economia, la Junta tenía como funciones principales, desarrolladas en la orden de 3 de noviembre de 1936, velar por el cumplimiento del Decreto de colectivizaciones, así como resolver los conflictos presentados con motivo de su puesta en práctica, evacuar las consultas y efectuar las negociaciones pertinentes con los organismos sindicales, así como llevar a cabo los trámites y gestiones necesarios para conseguir la legalización de las industrias colectivizadas y de los comités de control de empresas privadas, en los que quedaba in cluida la tramitación de un ejemplar de las actas de constitución de los consejos de las empresas. Al Departament Tècnic se le encomienda, entre otras, las funciones de asesoría técnica, inspección y control de la industria, del comercio exterior, de minas, de seguridad e higiene industriales y de fuentes de energía. Posteriormente, el decreto de 14 d agosto de 1937 (DOG núm, 231, 19 de agosto de 1937) dispone una nueva reestructuración del Departament d¿Economia, que supone la aprobación de su Reglamento orgánico y la derogación de las disposiciones anteriores, incluida la de 2 de octubre de 1936. En dicho texto legal se da prioridad en cuanto a las funciones ejecutivas al propio Departamento, dejando al Consell d¿Economia de Catalunya funciones exclusivamente de carácter informativo y asesor. Con el mismo criterio, se suprime la Junta de Control Sindical Econòmic, que en muchos casos representaba una dualidad de funciones, respecto a las propias del Consell. Con la finalidad de reorganizar la economía catalana, en agosto de 1936 se divide el territorio de Cataluña en nueve regiones, comprendiendo la región tercera las comarcas de Garraf, Alt i Baix Penedès, Alt Camp y El Tarragonés, cuya capitalidad queda adjudicada a Tarragona. Se establecen entonces en las capitales de cada región Consells Delegados, que serán el nexo de unión que permita llevar a la práctica las disposiciones de carácter económico que, propuestas por el Consel d¿Economia, fueran sancionadas por el Gobierno de la Generalitat. Estos Consells actuaban como Delegaciones del Consell d¿Economia, quienes a su vez podían tener Subdelegaciones en las localidades donde el volumen de la actividad económica quedara justificado. Varias disposiciones posteriores regulan las competencias de los Delegados regionales de la Conselleria d¿Economia, entre ellas, las de estudiar, proponer y fomentar las actividades económicas y vigilar e inspeccionar el cumplimiento de ls disposiciones dictadas por la Generalitat en materia económica. Por otra parte, Las Delegaciones de Industria de Barcelona, Girona, Lleida y Tarragona., dependían de la Consellería d¿Economia i Serveis Públics, única y exclusivamente a través del Comitè Permanent d¿Indústria y del Departament Tècnic, cuyas funciones quedan reguladas por las normas de estructuración y ordenación de los Servicios de industria de Cataluña de 23 de abril de 1934 y por el Decreto citado de 14 de agosto de 1937, en cuyo artículo 49 se crea también la Direcció General de Transport, cuya misión principal era ordenar y controlar toda clase de vehículos, en base a las facutades excepcionales otorgadas para requisar los mismos, y del mismo modo controlar y regular la gasolina y combustibles destinados al consumo para efectos de locomoción
Documentación del Consell d´Economia de Catalunya