Delegación Nacional de Excombatientes
1939 - 1977
1938 - 1976
Fondo
Archivo General de la Administración 1. Archivos Públicos 1.2. Poder Ejecutivo 1.2.4. Movimiento Nacional 1.2.4.1. Órganos Centrales
La documentación de este fondo llegó al Archivo General de la Administración junto a la que conformaba toda la Secretaría General del Movimiento con la clave 22 del envío. Se le asignó como RGE el nº 0623. Tras la última reinstalación la documentación de este fondo tiene las siguientes signaturas: - 42/08105-42/08322 - 52/08040-52/04141 - 65/14110-65/14192
Por Orden de la Presidencia de la Junta Técnica del Estado de 14 de octubre de 1937 se crea el Servicio de Reincorporación de los Combatientes, adscrito al Ministerio de Trabajo, al objeto de ordenar "la vida social y económica de la Nación y la de los ciudadanos que, teniendo que abandonar sus profesiones y oficios para incorporarse en el Ejército y Milicias nacionales y para que a su licenciamiento no sufrieran perjuicio alguno en la reincorporación a sus antiguos puestos de trabajo" (1). Este organismo será regulado por Decreto de 14 de octubre de 1938 y se denominará en lo sucesivo Servicio de Incorporación de Excombatientes al Trabajo. No obstante, no habiendo alcanzado los objetivos previstos, se publica el 25 de agosto de 1939 un decreto con la finalidad de definir con claridad la función primordial de este Servicio. Este Decreto supone tanto una modificación en la denominación como en las funciones del anterior Servicio de Reincorporación de Combatientes. Se crea así, dependiente de la Subsecretaría del Ministerio de Trabajo, el Servicio Nacional de Colocación de Excombatientes y Excautivos En el mismo mes de agosto de 1939 Franco ordena la creación de la Delegación Nacional de Excombatientes y nombra "para el desempeño del cargo de Delegado Nacional al camarada José Antonio Girón de Velasco" (2) La misión primordial de esta Delegación es "incorporar la juventud combatiente a los puestos de trabajo, de honor o de mando a los que tienen derecho como españoles y que han conquistado como héroes" (3). Esta Delegación queda encuadrada bajo la tutela del Estado y a las órdenes inmediatas de la Secretaría General de Falange Española Tradicionalista y de las Juntas de Ofensiva Nacional Sindicalista (FET y de las JONS). Por Decreto de 28 de noviembre de 1941 la estructura de Falange Española Tradicionalista y de las Juntas de Ofensiva Nacional Sindicalista (FET y de las JONS) queda establecida de la siguiente manera: FALANGE ESPAÑOLA TRADICIONALISTA Y DE LAS JUNTAS DE OFENSIVA NACIONAL SINDICALISTA (FET Y DE LAS JONS) - Junta Política - Secretaría General del Movimiento - Vicesecretaría General - Vicesecretaría de Obras Sociales - Vicesecretaría de Educación Popular - Vicesecretaría de Servicios - Milicias - Consejo Nacional del Movimiento Y en concreto la estructura de la Secretaría General del Movimiento (SGM) es la siguiente: -SECRETARÍA GENERAL DEL MOVIMIENTO (SGM) - Vicesecretaría General - Delegación Nacional de la Sección Femenina - Delegación Nacional del Frente de Juventudes - Delegación Nacional del Servicio Exterior - Jefatura de Provincias - Vicesecretaría de Obras Sociales - Delegación Nacional de Sindicatos - Delegación Nacional de Auxilio social - Delegación Nacional de Excombatientes - Delegación Nacional de Excautivos - Vicesecretaría de Educación Popular - Delegación Nacional de Propaganda - Delegación Nacional de Prensa - Delegación Nacional de Cinematografía y Teatro - Delegación Nacional de Radiodifusión - Vicesecretaría de Servicios - Delegación Nacional de Justicia y Derecho - Delegación Nacional de Información e Investigación - Delegación Nacional de Tesorería y Administración - Delegación Nacional de Comunicación y Transportes - Delegación Nacional de Sanidad - Delegación Nacional de Deportes - Delegación Nacional de Personal Si la Delegación Nacional había dependido hasta 1954 de la Vicesecretaría de Obras Sociales, este año se transformó, bajo la dirección de Tomás García Rebull, y se volvió mucho más activa politicamente. Proliferaron entonces múltiples asociaciones de excombatientes que sirvieron de apoyo social a la dictadura de Franco. A partir del Decreto de 20 de julio de 1957 la Secretaría General del Movimiento (SGM) sufrió importantes modificaciones: -SECRETARÍA GENERAL DEL MOVIMIENTO (SGM) - Ministro-Secretario General - Vicesecretaría General - Organización Sindical - Delegación Nacional de Sección Femenina - Delegación Nacional de la Juventud - Delegación Nacional de Provincias - Delegación Nacional de Prensa, Propaganda y Radio - Delegación Nacional de Educación Física y Deportes - Delegación Nacional de Organizaciones - Delegación Nacional de Asociaciones - Delegación Nacional de Auxilio Social - Inspección Nacional de la Vieja Guardia - Servicios Será en la Delegación Nacional de Asociaciones donde se integre la antigua Delegación Nacional de Excombatientes, cuyas funciones quedaron encuadradas en el Servicio de Asociaciones de Antiguos Combatientes y el Servicio de Hermandades de Excautivos según se estableció en las Órdenes de la Secretaría General del Movimiento [SGM] de 14 de enero de 1959 y de 30 de junio de 1958. Meses después comenzaron a organizarse las Hermandades de Excombatientes como la de Alféreces Provisionales, la de la División Azul, la de Tercios de Requetés, la de Caballeros Legionarios y otras muchas. La desaparición de la Delegación Nacional de Asociaciones del Movimiento po el Decreto 15/1970, de 5 de enero, llevaría a la integración de ambos Servicios en la Delegación Nacional de Acción Política y Participación, según quedó establecido en la Orden de la Secretaría General del Movimiento (SGM) de 16 de febrero de 1970. Según reza en el Proyecto de Reglamento de Excombatientes (4), la Delegación Nacional de Excombatientes cumplirá los siguientes fines: a.- "Mantener en los excombatientes la fe ciega en el Caudillo y la estricta obediencia a sus órdenes y consignas. b.- Conseguir la unidad de pensamiento político en las doctrinas del Movimiento de todos los que fueron excombatientes. c.- Conservar y exaltar las virtudes de disciplina, hermandad y jerarquía nacidas en las trincheras. d.- Rendir culto eXterno a la memoria de los camaradas caídos en el frente de combate y tutelar a sus viudas y huérfanos e.- Servir de instrumento realizador de las tareas que le encomiende la Falange Española Tradicionalista de las JONS. f.- Fomentar la mutua ayuda entre los excombatientes g.- Crear las instituciones que se hagan necesarias para elevar el nivel de vida espiritual y material de los excombatientes. h.- Velar por el cumplimineto de las disposiciones legales que se dicten para la protección de los excombatientes". En resumen, los dos objetivos básicos de este organismo son la necesidad de situar a casi un millón de personas en puestos de trabajo y el adoctrinamiento político. Para esto último, el Delegado Nacional no duda en 1940 en recomendar promover "periodicamente concentraciones locales, comarcales y provinciales para rendir culto a los caídos y para exponer las doctrinas de la Falange en colaboración con el Delegado Provincial de Prensa y con el de Propaganda utilizarás todos los medios que ellos posean para inculcar en los excombatientes las doctrinas nacional sindicalistas" (5). Estas dos funciones básicas dejan su evidencia en el conjunto de series documentales que conforman la función de acción política así como la que componen la función social y tutelar. El concepto de excombatiente podemos hallarlo definido en la misma documentación que ahora analizamos (6). Obtuvieron el título de excombatiente quienes hubieren ostentado "la Medalla de la Campaña y por aquellos que, sin poseerla, hayan prestado servicios en primera línea de fuego con el carácter de voluntarios durante tres meses. Tendrán la consideración de excombatientes ,a todos los efectos, los que se alzaron en armas en la zona roja. El Delegado Nacional podrá conceder el título de excombatiente a los que, sin reunir las condiciones dichas pero habiendo combatido, se hagan acreedores a él por su conducta meritoria acreditada en el expediente que se le instruya" Los afiliados tendrán dos categoría: activos, que serán aquellos que manifiesten su voluntad de pertenecer a la organizaión y que por ello paguen una cuota o pasivos, el resto. Las viudas y huérfanos tendrán la consideración y título de ahijados de la organización. Por Orden del Ministerio de Gobernación de 27 de noviembre de 1939 se establecen las normas para la formación del Censo de Excombatientes. Se trata de un censo detallado de "cuantos combatieron a las órdenes del Caudillo que sirva de base para realizar prácticamente las normas de incorporación a los puestos de honor, trabajo y mando que se le reservan por disposición del Fuero del Trabajo". La formación de este censo estaba a cargo de los Ayuntamientos. En concreto, se confía a los alcaldes y secretarios de ayuntamiento la inscripción. Los gobernadores civiles remitirán a los alcaldes las hojas las hojas declaratorias necesarias y estas autoridades anunciarán la formación del Censo. Ultimada la inscripción, los alcaldes harán entrega de las hojas a los Delegados locales de excombatientes o, en su defecto, al Jefe Local del Movimiento. (1) Vid AGA,64,14129,18 Expedientes de asuntos: "Guión de constitución y funcionamiento de este Servicio" (2) Vid AGA,64,14129,18 Expedientes de asuntos: "Guión de constitución y funcionamiento de este Servicio" (3) Vid AGA,64,14129,22 Expedientes de asuntos: "Documentación relativa a la organización de la Delegación Nacional" (4) Vid AGA,64,14130,22 Expedientes de asuntos: "Organización de la Delegación Nacional de Excombatientes" (5) Vid AGA,64,14129,18 Expedientes de asuntos: "Guión de constitución, misión y funcionamiento de este Servicio" (6) Vid AGA,64,14130,22 Expedientes de asuntos: "Organización de la Delegación Nacional de Excombatientes"
TRANSFERENCIA
La transferencia con RGE nº 0623 (de 6 de octubre de 1982) fue realizada por el Ministerio de la Presidencia de Gobierno (Comisión Liquidadora de Organismos)
1982-10-06
Delegación Nacional de Acción Política y Participación (España) Delegación Nacional de Ex-Combatientes (España) Servicio de Asociaciones de Antiguos Combatientes (España) Servicio de Hermandades de Excautivos (España) Servicio de Incorporación de Excombatientes al Trabajo (España) Servicio de Reincorporación de los Combatientes (España) Servicio Nacional de Colocación de Excombatientes y Excautivos (España)
Para el cumplimiento de sus funciones a los largo de los años de vigencia de la Delegación Nacional de Excombatientes, ésta se organizó en distintas dependencias o secciones que se van modificando con el tiempo en aras de un mayor rendimiento de sus servicios (1). En un intento de dar cabida a todas estas
modificaciones que, no obstante, responden al ejercicio de unas funciones mucho más perdurables en eltiempo se ha elaborado un cuadro de clasificación orgánico-funcional que permita dar una estructura a las distintas series documentales que conforman este fondo.
1.DELEGACIÓN NACIONAL DE EXCOMBATIENTES
1.1. ACCIÓN POLÍTICA
1.1.1. ASAMBLEAS Y CONGRESOS
1.1.2. HERMANDADES Y ASOCIACIONES
1.1.3. JERARQUÍAS PROVINCIALES
1.1.4. PRENSA Y PROPAGANDA
1.1.5. RECOMPENSAS
1.2. ACCIÓN SOCIAL Y TUTELAR
1.2.1. AYUDA SOCIAL Y ASISTENCIAL
1.2.2. OPOSICIONES Y CONCURSOS
1.2.3. REPATRIACIÓN DE EXCOMBATIENTES
1.3. ADMINISTRACIÓN
1.4. SECRETARÍA PARTICULAR DEL DELEGADO NACIONAL
1.5. SECRETARÍA TÉCNICA
1.5.1. FICHEROS
1.5.2. PERSONAL
1.5.3. REGISTRO Y ARCHIVO
(1) Vid AGA,64,14130,022 Expedientes de asuntos: "Organización de la Delegación Nacional de Excombatientes".
De acuerdo con el ordenamiento jurídico vigente los fondos custodiados en los archivos públicos son de libre acceso salvo que les afecte alguno de los supuestos de reserva contemplados por la Constitución y desarrollados por diferentes disposiciones legales. Este fondo debe ser revisado previamente a cada consulta para comprobar si existe alguna reserva a la hora de su consulta y durante qué tiempo.
Bueno
Los fondos de las otras Delegaciones Nacionales del Movimiento Nacional, así como el de la Delegación Provincial de Excombatientes de León