Expedientes de recomendación de adquisición de publicaciones y declaración de utilidad pública
1842 - 1895
Serie
ES./16
Archivo Histórico Nacional
2. INSTITUCIONES CONTEMPORÁNEAS
2.3. Poder Ejecutivo
2.3.1. Administración General del Estado. Administración Central
Ministerio de Ultramar
Fomento de Cuba. Ministerio de Ultramar
Instrucción Pública. Fomento de Cuba
Con el fin de regular la adquisición de publicaciones con cargo a los presupuestos de Ultramar y para dar un mejor empleo a las cantidades consignadas para ello, se aprueban por Real Orden de 19 de abril de 1881 las bases a que debe sujetarse esta práctica; en ellas se dispone que debe preceder la solicitud del interesado, acompañando un ejemplar de la obra, impreso o manuscrito, o un cierto número de entregas, cuando se trate de publicaciones periódicas. Antes de resolver, informa la Academia o Corporación que cultive el ramo de qué trata la obra para determinar si es de mérito y utilidad para las bibliotecas. También prevé ayudas para la impresión con las mismas condiciones. Las publicaciones ingresadas en el Ministerio por este procedimiento, se distribuían entre las bibliotecas de Ultramar. Otra Real Orden dictada en 28 de marzo de 1889 sobre este asunto, contempla la posibilidad de adquirir además publicaciones extranjeras, mapas, planos o grabados, siempre que su contenido contribuya al desarrollo de las provincias ultramarinas o se refiera a alguna de ellas. A excepción de estas matizaciones, es en cuanto a requisitos y todo lo demás, calcada de la disposición anterior
Ministerio de Ultramar (España)
En estos expedientes están las solicitudes de autores interesados en que se adquieran sus obras artísticas o literarias, o que se recomiende su adquisición a los Gobernadores de Cuba y Puerto Rico, pero no se conservan, salvo alguna excepción, ejemplares de las publicaciones que, según ley, tuvieron que acompañar a su solicitud