Archival History:
Al ser parte del fondo del Ministerio de Ultramar, ingresa en virtud de Real Orden de 23 de julio de 1900, junto con toda la documentación del Archivo de aquel Departamento, a excepción de los papeles que se habían ido enviando durante el s. XIX al Archivo de Indias, que era el destino final que se había parevisto para esta documentación.
Biography / Administrative history:
Por Real Decreto de 14 de marzo de 1865, se distribuyen los negocios del Ministerio de Ultramar en tres secciones: Gobernación y Fomento, Gracia y Justicia, y Hacienda, que lleva aneja la Ordenación de Pagos. Un Real Decreto de 30 de junio del mismo año, lo organiza en cuatro Direcciones Generales: Gobierno, Administración y Fomento, Negocios Eclesiásticos y Gracia y Justicia, y Hacienda, quedando al frente de una de ellas el Subsecretario del Ministerio.
Se van a suceder una serie de reformas, que afectan a la distribución de las funciones entre las oficinas, encaminadas a la búsqueda de una mayor eficacia en el despacho de los asuntos. En 1866, el Real Decreto de 1 de agosto, varía esta organización reduciendo a dos las Direcciones, una de Gracia y Justicia y Negocios Eclesiásticos y otra de Hacienda; los asuntos de Gobierno y Administración y Fomento, se despachan por la Subsecretaría. La reorganización de 14 de octubre de 1868, mantiene la figura del Subsecretario y cambia las Direcciones Generales por cuatro Secciones: de Hacienda, Gobierno y Administración y Fomento, Gracia y Justicia y Asuntos Eclesiásticos, y Contabilidad, con la Ordenación General de Pagos, Secciones que, en de 12 de julio de 1870, pasan a denominarse Gobernación y Fomento, Gracia y Justicia, Hacienda y Contabilidad.
Las reformas introducidas por los Reales Decretos de 27 de marzo y 29 de septiembre de 1873, no afectarán a esta Dirección, entonces con el rango de Sección, que sigue manteniendo su denominación. Al año siguiente se vuelve a la fórmula de las cuatro Secciones dependientes de la Secretaría, las mismas que se establecieron en 1870 y que, por Real Orden de 1 de marzo de 1875 cambian de nuevo reduciéndose a tres, esta vez Direcciones Generales, de Gracia y Justicia, Hacienda, y Administración y Fomento. En 1876 se refunden las cuatro Direcciones hasta 1879, en que se restablecen separadamente las de Gracia y Justicia y Administración y Fomento.
En 1887 de nuevo se modifica la distribución de los asuntos del Ministerio entre las diferentes oficinas, con la Sección de Política y de Central y del Personal, dependientes de la Subsecretaría y las Direcciones Generales de Gracia y Justicia, Administración y Fomento, Hacienda, y Contabilidad y Ordenación de Pagos.
Otras disposiciones reorganizaron el Ministerio de Ultramar, pero ninguna afectó a esta Dirección General.