Archivos Españoles - Ministerio de Cultura - Gobierno de España
Logo de Archivo Histórico Nacional

Hacienda de Cuba. Ministerio de Ultramar

Archivo Histórico Nacional

Identificación

Titulo Nombre Atribuido:

Hacienda de Cuba. Ministerio de Ultramar

Fecha Formación:

1840  -  1900

Nivel de Descripción:

1ª División

Código de Referencia:

ES./16

Situación en el cuadro de clasificación del archivo:

Archivo Histórico Nacional     2. INSTITUCIONES CONTEMPORÁNEAS     2.3. Poder Ejecutivo     2.3.1. Administración General del Estado. Administración Central     Ministerio de Ultramar

Contexto

Historia Archivística:

Al ser uno de los fondos del Ministerio de Ultramar, ingresa en virtud de Real Orden de 23 de julio de 1900, junto con toda la documentación del Archivo de aquel Departamento, a excepción de los papeles que se habían ido enviando durante el s. XIX al Archivo de Indias, que era el destino final que se había previsto para esta documentación.

Historia Institucional / Reseña Biográfica:

Cuando en 1836 se suprime definitivamente el Consejo Real de España e Indias, el Ministerio de Marina asume las funciones de Comercio y Ultramar, que años después pasarían al Ministerio de la Gobernación de la Península, cambiando su nombre por el de la Gobernación del Reino, hasta que en 1851 se creó en la Presidencia del Consejo de Ministros la Dirección General de Ultramar, la cual se hizo cargo de los expedientes que se estaban tramitando en los distintos departamentos ministeriales referidos a las posesiones ultramarinas. Esta Dirección General, en pocos años formó parte de los Ministerios de la Gobernación del Reino, de Estado y de Fomento para acabar en el de la Guerra, donde permaneció entre 1858 y 1863, en que por Real Decreto de 20 de mayo se crea un Ministerio de Ultramar. Por Real Decreto de 14 de marzo de 1865 los negocios del Ministerio de Ultramar se distribuyen en tres Secciones: Gobernación y Fomento, Gracia y Justicia, y Hacienda que lleva aneja la Ordenación de Pagos. Por igual disposición de 30 de junio del mismo año, se organiza en cuatro Direcciones Generales: Gobierno, Administración y Fomento, Negocios Eclesiásticos y Gracia y Justicia, y Hacienda, quedando al frente de una de ellas el Subsecretario del Ministerio. Se van a suceder una serie de reformas, que afectan a la distribución de las funciones entre las oficinas, encaminadas a la búsqueda de una mayor eficacia en el despacho de los asuntos. El Real Decreto de 1 de agosto de 1866, varía esta organización reduciendo a dos las Direcciones, una de Gracia y Justicia y Negocios Eclesiásticos y otra de Hacienda; los asuntos de Gobierno y Administración y Fomento, se despachan por la Subsecretaría. La reorganización dispuesta por Real Decreto de 14 de octubre de 1868, mantiene la figura del Subsecretario y cambia las Direcciones Generales por cuatro Secciones: de Hacienda, Gobierno y Administración y Fomento, Gracia y Justicia y Asuntos Eclesiásticos, y Contabilidad, con la Ordenación General de Pagos, Secciones que, en 1870, por Real Decreto de 12 de julio, pasan a denominarse Gobernación y Fomento, Gracia y Justicia, Hacienda y Contabilidad. En 1874 se vuelve a la fórmula de las cuatro Secciones dependientes de la Secretaría, las mismas que se establecieron en 1870 y que, la Real Orden de 1 de marzo de 1875, reduce a tres, esta vez Direcciones Generales, de Gracia y Justicia, Hacienda, y Administración y Fomento. A esta última, el Reglamento para régimen interior del Ministerio, de ese mismo año, le incorpora el Consejo de Filipinas. Tampoco esta organización se mantuvo mucho tiempo y por Real Orden de 1 de mayo de 1876, se refunden las cuatro Direcciones hasta 1879 en que, la Real Orden de 12 de septiembre, restablece, separadamente, las de Gracia y Justicia y Administración y Fomento. Otra Real Orden de 19 de septiembre de 1887, modifica de nuevo la distribución de los asuntos del Ministerio entre las diferentes oficinas, con la Sección de Política y Sección Central y del Personal, dependientes de la Subsecretaría y las Direcciones Generales de Gracia y Justicia, Administración y Fomento, Hacienda, y Contabilidad y Ordenación de Pagos.

Nombre del/los productor/es:

Ministerio de Ultramar (España)

Contenido y Estructura

Alcance y Contenido:

El fondo de Hacienda lo integran los expedientes contenidos en los legajos 614 a 1063, cuyas fechas de entrada en el Archivo del Ministerio de Ultramar están entre 1840 y 1900. Como los expedientes se enviaban al Archivo al finalizar su tramitación, hay que contar con que la documentación es de años anteriores. Los temas de que tratan los expedientes de este fondo, son los correspondientes a la administración económica de la isla, tanto central como provincial y local. Así podemos encontrar en esta documentación incidencias de personal: expedientes personales, reclamaciones, nombramientos, ceses, licencias, etc.; comercio y sociedades mercantiles; contribuciones e impuestos, presupuestos, créditos, cuentas, empréstitos; asuntos de Aduanas, derechos de importación y exportación, estados de navegación; cuestiones de moneda: acuñación, circulación, introducción de las pesetas sevillanas, emisión de papel moneda y amortización de billetes del Banco Español de La Habana; estadísticas de ingresos y gastos, de productos de las Administraciones de Rentas terrestres y marítimas y de Loterías; convenios y tratados internacionales, prensa oficial y periódica, instrucciones, bandos, circulares, reglamentos y todo tipo de legislación. Y otras materias que aún siendo competencias de Gobierno, Fomento o Gracia y Justicia, aquí las vamos a encontrar desde el punto de vista económico.

Condiciones de Acceso y Uso

Índices de Descripción:

Documentación Asociada

Otras Unidades Relacionadas:

Aunque el más voluminoso y completo acervo documental sobre la Hacienda de Cuba en el siglo XIX es éste, conservado en la Sección de Ultramar del Archivo Histórico Nacional, el investigador puede complementar esta materia consultando los fondos que indicamos a continuación: En el Archivo Histórico Nacional, en la Sección de Fondos Contemporáneos, Ministerio de Hacienda, existe la ''Colección de los Reales Decretos Originales expedidos por el Ministerio de Ultramar''. Son 76 volúmenes de gran formato, con fechas que van de 21 de julio de 1856 a 25 de abril de 1899, y signaturas ULTRAMAR,L.7797 a ULTRAMAR,L.7842. Cada tomo lleva al principio un índice de las disposiciones que contiene, referidas a Cuba, Puerto Rico y Filipinas. En el Archivo General de Indias, de Sevilla, la Sección XV: Tribunal de Cuentas, años 1851 a 1887, guarda documentación del organismo del mismo nombre en Madrid, consistente en cuentas de las islas de Cuba y Puerto Rico, enviadas a él para su aprobación. El Archivo del Consejo de Estado, en Madrid, tiene una Sección de Ultramar, de los años 1845 a 1903, que guarda íntima relación con la Sección de este mismo nombre del Archivo Histórico Nacional. Sus expedientes conservan muchas veces como única pieza el dictamen dado por el Consejo en los asuntos consultados, pues entonces, como ahora, se devolvía a cada Ministerio la documentación enviada para su informe. El Archivo General de la Administración de Alcalá de Henares, en su sección de Ministerio de Hacienda: Dirección General del Tesoro y Clases Pasivas, posee el fondo llamado de Ultramar, resto de la documentación que se remitió al Ministerio de Hacienda en 1900 al suprimirse el Ministerio de Ultramar y en cuya tramitación intervinieron ambos ministerios. Este fondo está formado por 482 legajos cuyo contenido abarca los siguientes asuntos: Personal, Fianzas, Cargas de Justicia, Resguardos nominativos, Titulares, Alcances, Abonarés, Instancias. Los legajos 355 a 482 contienen asuntos generales, como transporte de tropas, socorros a presos, despacho de correos e índices de Deuda, de Guerra y de Relaciones de Marina.

 Notas

Notas:

Consultese

http://www.mecd.gob.es/guiafuentesdoc/buscarFuentes.do

Soporte y Volumen

449 Legajo(s) en Papel .