Junta de las Dependencias y Negocios de Extranjeros

Identificación

Titulo Nombre Formal:

Junta de las Dependencias y Negocios de Extranjeros

Fecha Creación:

1674  -  1826

Nivel de Descripción:

Fondo

Contiene:

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Contexto

Historia Archivística:

Historia de la custodia: La Junta de Negocios y Dependencias de Extranjeros fue suprimida e incorporada a otros organismos, pero conservando siempre unida su documentación, hasta que el Gobierno de José I suprimió la Junta de Comercio, Moneda, Minas y Dependencia de Extranjeros. Junto con la supresión llegó la orden de repartir los papeles de la Junta entre los distintos Ministerios creados por el Gobierno Intruso según los asuntos de los que se ocupaban, y los de las Dependencias de Extranjeros pasaron al Ministerio de Estado. Fernando VII restableció la Junta de Comercio y Moneda, pero la Secretaría y Archivo de la Dependencia de Extranjeros permanecieron independientes y vinculados a la Secretaría de Estado. Tras su definitiva supresión en 1821, su archivo se incorporó a la Secretaría de Estado, de donde más tarde se trasladaría a la Biblioteca Nacional donde se depositó junto con los fondos del Archivo del Consejo de Estado. De allí fue transferido entre 1868 y 1869 al Archivo Central de Alcalá de Henares, hasta su definitiva transferencia al Archivo Histórico Nacional en 1897.

Historia Institucional / Reseña Biográfica:

De los ''negocios'' relacionados con extranjeros (nombramientos y aprobación de cónsules, vicecónsules y jueces conservadores, reclamación de presas, exención de contribuciones, protección de presos, matrícula de extranjeros, etc.), se ocupaba el Consejo de Estado, hasta que por Real decreto de 12 de marzo de 1714 se crea una Junta para ''entender en los negocios de la Nación Francesa'' que estaban pendientes en los demás Consejos, compuesta por dos Consejeros de cada uno de los Consejos de Estado, Guerra, Castilla y Hacienda, así como de dos Fiscales y un Secretario. La creación de esta Junta no supuso que el Consejo de Estado dejase de ''entender'' en los asuntos referentes a extranjeros, pues siguió haciéndolo hasta 1717 como lo atestigua la documentación del Consejo de Estado. Esta Junta, que se intituló en un principio de Dependencia de Franceses y luego pasa a llamarse Junta de las Dependencias y Negocios de Extranjeros, funcionó por espacio de cuatro años, pues quedó prácticamente extinguida con motivo de la guerra existente en Europa. Una vez alcanzada la paz con Francia, un Real Decreto de 3 de noviembre de 1721 la restablece. Siguió funcionando hasta 1748, año en que quedó suprimida, agregándose el ''despacho'' de sus asuntos a la Junta General de Comercio y Moneda, aunque el Secretario de la extinguida Junta, don Miguel de Oarrichena y Borda, continuase encargándose del ''despacho'' de los asuntos antes tarmitados por ella. Continuó el ''despacho de los negocios de extranjeros'' de esta forma hasta el 4 de enero de 1791, en que, por muerte de su último Secretario, se encargó del citado ''despacho'' el Secretario de la Junta de Comercio, Moneda y Minas. Y así siguió hasta que el Gobierno Intruso suprimió la Junta de Comercio, Moneda, Minas y Dependencias de Extranjeros. Fernando VII, a su regreso, restableció la Junta de Comercio y Moneda, incorporándola a la Sala de Gobierno del Consejo de Hacienda. La Junta de Dependencia de Extranjeros fue definitivamente suprimida por Real Decreto de 23 de enero de 1821 e incorporada a la Secretaría de Estado

Forma de Ingreso:

TRANSFERENCIA

Observaciones del Ingreso:

Transferencia

Contenido y Estructura

Alcance y Contenido:

La documentación consiste principalmente en consultas sobre nombramientos de cónsules y vicecónsules de países extranjeros, consultas sobre cuestiones planteadas por estos cónsules, pasaportes, patentes y matrículas de extranjeros.

Organización Contenidos:

La documentación está organizada cronológicamente desde que en 1804 el Secretario de Estado Pedro de Cevallos ordenara que el Archivo de la Junta fuera "arreglado". Al mismo tiempo se realizó un "Índice Cronológico" cuyos asientos copiaban la descripción que figura en las carpetillas con las que se dotó a los documentos cuando se arregló el Archivo.

Condiciones de Acceso y Uso

Condiciones de accesibilidad generales:

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Condición de accesibilidad a las imágenes:

Las imágenes/documentos no tienen restricciones de acceso

Lengua y Escritura:

Español (Alfabeto latino). 

Documentación Asociada

Otras Unidades Relacionadas:

Documentación complementaria en otros archivos: Archivo General de Simancas. Sección II: Secretaría de Estado. Sección XXVI: Consejo Supremo de Hacienda y Real de España e Indias

Soporte y Volumen

57 Legajo(s) . 
10 Libro(s) .