Proyectos de clasificación de vías pecuarias
1862 - 1976
Serie
Archivo Histórico Nacional 2. INSTITUCIONES CONTEMPORÁNEAS 2.3. Poder Ejecutivo 2.2.4. Administración Corporativa Asociación General de Ganaderos del Reino Negociado 1º de vías pecuarias
A partir del Real Decreto de 5 de junio 1924 se clasificaron de manera definitiva las vías pecuarias como bienes de dominio público y se estableció su clasificación y tipología, pasando en 1931 al Estado las facultades delegadas de la Asociación General de Ganaderos, según el Decreto de 7 de diciembre de ese mismo año. Desde 1944, las actuaciones en vías pecuarias por parte del Estado se financiaron con terrenos procedentes de tierras innecesarias, que antes formaban parte de la red de las vías pecuarias. Pero debido a la precariedad de medio con los que este Servicio contó, no fueron muchos los proyectos que pudieron llevarse a cabo. La llegada de los sistemas de concentración parcelaria en los años 50 supusieron una puesta en marcha de las clasificaciones. Estas gestiones las realizaba el Servicio de Vías Pecuarias, órgano autónomo adscrito a la Dirección General de Ganaderos del Ministerio de Agricultura. En 1971 las vías pecuarias se adcribieron al Instituto para la Conservación de la Naturaleza (ICONA) y en 1974 se promulgó la ley 22/1974 de 27 de junio, que facilitó aún más la enajenación de tierras procedentes de vías pecuarias por medio de la declaración de innecesariedad.
Asociación General de Ganaderos del Reino (España)
La documentación que se puede encontrar en esta serie se corresponde, principalmente, con las actuaciones que se realizaron en las vías pecuarias tras el Real decreto de 5 de junio de 1924, por el que se procedió a la clasificación de dichas vías. Para aquellos proyectos que se practican en los años 20 y 30, los expedientes se inician a petición de los vecinos, desde la alcaldía, con motivo de alguna intrusión o con motivo de concentración parcelaria. El trámite que se seguía era la recopilación de los antecedentes aportados por el archivero de la Asociación General de Ganaderos y por el secretario del correspondiente ayuntamiento; información testifical de algunos vecinos; informe del perito agrícola; informe del ayuntamiento y de la Junta de Ganaderos. Toda esta documentación era enviada a la Asocición General de Ganaderos y una vez aprobada por una Comisión, el archivero de la Asociación emitía una copia certificada del proyecto y de los informes.
En los años 40, la tramitación de los expedientes varía. Hay un perito agrícola adscrito al Servicio de Vías Pecuarias, que después de recolpilar todos los datos en el archivo del Sindicato Nacional de Ganadería y los planos del Instituto Geográfico, expone la labor realizada y el estado de las vías al ingeniero jefe, que será quien formule el proyecto y proponga la clasificación. Esta propuesta se elevaba al ayuntamiento y a la jefatura provincial de obras públicas de la provincia. Una vez pasado todos los plazos, se emitirá un informe favorable a la Dirección General de Ganadería. Finalmente, se envía una copia del proyecto al Sindicato Nacional de Ganadería.
La documentación de esta serie, en la mayor parte de los casos, pertenecen a los proyectos de clasificación de las vías pecuarias realizados durante los años 40 y 50. En algunos casos, estos proyectos adjuntan expedientes y proyectos de clasificación anteriores, seguramente utilizada para la realización del proyecto que se sigue en ese momento. En otras ocasiones, sólo se ha conservado el oficio por el cual se da paso libre al proyecto de clasificación.
En la etapa de los años 60 y 70, a penas contamos con documentación, por lo que es difícil saber si se mantenía el mismo procedimiento en el trámite. En esta fase sólo se enviaba el proyecto.
Signaturas: DIVERSOS-MESTA, legajo 789; leg. 800-809; Leg. 1024; leg. 1027-1040; Leg.1042; Leg. 1045; Leg. 1048; Leg. 1049; Leg. 1050; Leg. 1053; Leg. 1054
Mecanografiado y manuscrito
Bueno