Real Audiencia y Chancillería de Valladolid
0978 - 1854
1395 - 1834
Predomina s. XVI-1834
Fondo
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La Real Chancillería de Valladolid funcionó durante buena parte de la Edad Media y durante toda la Edad Moderna como el más alto tribunal de justicia de la Corona de Castilla para los territorios situados al norte del río Tajo, si exceptuamos las competencias que en materia de justicia tenía encomendadas la Sala de Justicia del Consejo de Castilla (Sala de las Mil y Quinientas). Atribuciones: Sus principales atribuciones fueron: Historia: Los orígenes remotos de la Audiencia se sitúan en la obra legislativa de Alfonso X, prólogo de un largo proceso institucionalizador que se prolongó a lo largo de la Baja Edad Media y cuyos principales hitos fueron la política reformista introducida por la dinastía Trastámara y el reinado de los Reyes Católicos. La creación y la primera regulación legal de la Audiencia se deben a Enrique II (Cortes de Toro, 1371), que establece un tribunal de instancia y órgano judicial supremo, si bien sus competencias no quedan todavía claramente definidas. Durante el reinado de su sucesor Juan I se procede a la delimitación de las competencias judiciales entre la Audiencia y el recién creado Consejo Real (cortes de Briviesca de 1387 y de Segovia de 1390) quedando configurada la Audiencia como máxima instancia judicial salvo en los casos en que proceda el denominado 'Recurso de Segunda Suplicación' ante el Consejo, para cuya interposición se exigía que el pleito se hubiera iniciado ante los oidores de la Audiencia, que fuera 'muy grande' y que el recurrente hubiera entregado una fianza de mil quinientas doblas. Los reinados siguientes (Enrique III, Juan II) no introdujeron novedades sustanciales, salvo la progresiva sedentarización de la Audiencia en Valladolid, y el inicio de la cohabitación entre la Cancillería y la Audiencia, que traerá como resultado la identificación entre ambas instituciones y el nombre con el que se conocerá al tribunal en el futuro: 'Real Audiencia y Chancillería'. Durante el reinado de los Reyes Católicos culmina el proceso institucionalizador, quedando definitivamente configurada la planta y atribuciones del tribunal mediante diversos textos legales (Ordenamiento de Toledo de 1480 y sobre todo Ordenanzas de la Chancillería de Medina del Campo de 1489). Dicha planta y atribuciones se mantendrán en lo sustancial a lo largo de toda la Edad Moderna, siendo la principal novedad de este período el reajuste del inmenso área jurisdiccional del tribunal con la creación en Ciudad Real de una nueva Audiencia con competencia para todos los territorios situados al sur del río Tajo (1494), Audiencia que se establecerá definitivamente en Granada a partir del año 1505. Tras el paréntesis de la Constitución de 1812, la supresión definitiva de la Real Chancillería es fruto de la gran reforma de la Administración Central subsiguiente a la muerte de Fernando VII y al establecimiento definitivo de Liberalismo. La separación de poderes y la racionalización de las instituciones que preconiza esta doctrina política se traduce en el campo de la administración de Justicia en la creación de nuevos tribunales a los que compete en exclusiva la función judicial (Tribunales supremos de España e Indias, de Guerra y Marina y de Hacienda) y en la supresión definitiva de las Chancillerías de Valladolid y Granada mediante decreto de 26 de enero de 1834, por el que se crean las Reales Audiencias (posteriormente Audiencias Territoriales). Las competencias de la Real Chancillería de Valladolid serán heredadas por la Audiencia Territorial de Valladolid, con jurisdicción en las provincias de Valladolid, Palencia, León, Zamora, Salamanca. Organización: La Real Chancillería de Valladolid contó con las siguientes unidades:
TRANSFERENCIA
Los pleitos, una vez concluida su tramitación, fueron ingresando en el archivo en diversas remesas espaciadas a lo largo de más de dos siglos -desde 1607 hasta el siglo XIX- procedentes de las casas de los escribanos.
Información sobre la organización y el funcionamiento de la Justicia de la Corona de Castilla durante el Antiguo Régimen en general, y del tribunal de la Real Chancillería de Valladolid en particular. Dado que la jurisdicción de la Chancillería abarcaba todos los territorios situados al norte del río Tajo, esta documentación contiene información sobre las Comunidades Autónomas de Galicia, Asturias, Cantabria, País Vasco, La Rioja, Castilla y León, Madrid, parte de Castilla-La Mancha y parte de Extremadura, además de sobre las relaciones económicas y sociales de sus habitantes con súbditos de otros países europeos y extraeuropeos, incluyendo las Indias. Por su carácter, existen dos tipos de documentación: la netamente judicial, creada por los organismos burocráticos de la Chancillería y por las instancias judiciales en el transcurso de sus actuaciones, documentación esencial para estudios jurídicos y judiciales, y otra documentación que, bien con origen judicial o extrajudicial, acabó formando parte de los pleitos y que ofrece información de distinto signo referente a todos los aspectos de las relaciones personales y económicas que fueron objeto de litigio entre los siglos XV y XIX. Por lo que respecta a las tipologías documentales y su contenido, las diversas divisiones del fondo contienen la siguiente información: 1. Secretaría del Acuerdo y Gobierno del Crimen. Libros de actas y expedientes de gobierno, con información sobre la vida y el funcionamiento de la Chancillería. 2. Salas de lo Civil. Pleitos relativos a materias civiles de los distintos estamentos sociales e instituciones de la Castilla del Antiguo Régimen. 3. Salas de lo Criminal. Procesos penales y cuestiones civiles surgidas en el rastro de la Chancillería. 4. Sala de Hijosdalgo. Expedientes de hidalguía, con abundante información genealógica y demográfica merced a las piezas de prueba que se aportan en los distintos expedientes. 5. Sala de Vizcaya. Pleitos civiles, criminales y de hidalguía relativos a vizcaínos de origen. 6. Registro. Provisiones, exhortos y ejecutorias relativas a materias civiles, criminales, de hidalguía y de Vizcaya.
Por su carácter histórico el fondo no es susceptible de ser eliminado. En el siglo XIX (1854-1858) se procedió al expurgo de parte de la documentación cuyos valores primarios habían prescrito, fundamentalmente expedientes criminales, motivo por el que esta documentación está en la actualidad considerablemente diezmada.
La organización del fondo respeta el principio de procedencia, por lo que reproduce con la organización y competencias que tuvo la Real Chancillería. Cuenta con las siguientes divisiones de fondo: 1. Secretaía del Acuerdo 2. Gobierno de la Sala del Crimen. 3. Salas de lo Civil. 4. Salas de lo Criminal. 5. Sala de Hijosdalgo. 6. Sala de Vizcaya. 7. Archivo y Registro. A ellas se unen dos colecciones facticias, creadas por motivos de conservación: 8. Planos y dibujos. 9. Pergaminos.
©MCD. Archivos Estatales (España). La difusión de la información descriptiva y de las imágenes digitales de este documento ha sido autorizada por el titular de los derechos de propiedad intelectual exclusivamente para uso privado y para actividades de docencia e investigación. En ningún caso se autoriza su reproducción con finalidad lucrativa ni su distribución, comunicación pública y transformación por cualquier medio sin autorización expresa y por escrito del propietario.
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Las imágenes/documentos no tienen restricciones de acceso
Reproducción sujeta a la normativa establecida por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Principalmente microfilm y fotocopia, dependiendo del estado de conservación y, en su caso, del tipo de encuadernación. El archivo proporciona imágenes digitales de la colección de Planos y Dibujos.
Español (Alfabeto latino). Tipo de escritura: Gótica cortesana, Humanística, Procesal.
Documentación principalmente en papel, y excepcionalmente en pergamino y lienzo.
Cantabria (comunidad autónoma, España)
Guía del Archivo de la Real Chancillería de Valladolid/ dirección Soledad Arribas González, Ana Mª Feijóo Casado. Valladolid: Universidad, 1988.
Bueno
La documentación que se ha conservado está, en líneas generales, en buen estado de conservación. Las colecciones de Planos y Dibujos y Pergaminos están en su mayor parte restauradas.
Los pleitos vistos en la Real Chancillería en grado de apelación incluyen el traslado de las actuaciones de la primara instancia. Los originales de estas actuaciones de primera instancia se conservan -en caso de no haber desaparecido- en los archivos que hayan recogido la documentación de esas jurisdicciones inferiores (alcaldes ordinarios, alcaldes mayores, adelantados, merinos, corregidores, audiencias de Asturias y Galicia). Estos archivos son básicamente archivos municipales, archivos históricos provinciales y otros archivos con fondos judiciales, como el Archivo del Reino de Galicia.
FERNÁNDEZ DE AYALA AULESTIA, M. Práctica y Formulario de la Chancillería de Valladolid dirigido a la Real Chancillería, presidente y jueces ... Valladolid: Imprenta de Ioseph de Rueda, 1667. MARTÍN POSTIGO, Mª S. Historia del Archivo de la Real Chancillería de Valladolid. Valladolid, 1979 MARTÍN POSTIGO, Mª S. Los presidentes de la Real Chancillería de Valladolid. Valladolid: Institución Cultural Simancas, 1982 KAGAN, R.L. Pleitos y pleiteantes en Castilla, 1500-1700. Valladolid: Consejería de Cultura y Turismo, 1991 VARONA GARCÍA, Mª A. La Chancillería de Valladolid en el reinado de los Reyes Católicos. Valladolid: Universidad, 1981 GARRIGA, C. La Audiencia y las Chancillerías Castellanas (1371-1525). Historia política, régimen jurídico y práctica institucional. Madrid: Centro de Estudios Constitucionales, 1994. MENDIZÁBAL, F."Investigaciones acerca del origen, historia y organización de la Real Chancillería de Valladolid, su jurisdicción y competencia". Revista de Archivos, Bibliotecas y Museos, tomo XXX (1914). ARRIBAS GONZÁLEZ, Mª.S. Los fondos del Archivo de la Real Chancillería de Valladolid, Madrid, 1971
El fondo de la Audiencia Territorial de Valladolid, conservado también en el Archivo de la Real Chancillería de Valladolid, contiene los pleitos sustanciados tras la supresión de la Chancillería en 1834 correspondientes a las provincias de Valladolid, Palencia, León, Zamora y Salamanca. Asímismo, parte de la documentación de la Chancillería que estaba pendiente de trámite en 1834 se encuentra entre sus fondos.
Existen hojas en pergamino de fechas anteriores utilizadas como guardas.