Juzgado de Guerra de Valladolid
Juzgado de la Capitanía General de Castilla La Vieja
1603 - 1849
1812 - 1849
Fondo
Archivo de la Real Chancillería de Valladolid
Los Escribanos de Guerra eran los encargados de custodiar los expedientes. Tras la supresión de la Jurisdicción Ordinaria Militar los escribanos continúan en activo hasta 1876, conservando en ese tiempo las escrituras, instrumentos públicos y asuntos civiles, habiendo entregado a las Capitanías Generales las causas criminales fenecidas. En 1877 el Consejo Supremo de Guerra dispone que las causas civiles y protocolos de escrituras que sigan en los Archivos de los Juzgados de Guerra o en las propias Capitanías Generales, se remitan a los Archivos Generales de Escrituras Públicas, y donde no hubiere, al Protocolo del Notario Público de la localidad que designe el Presidente de la Audiencia Territorial. En 1878 los documentos se entregan en el edificio de la Audiencia para su recepción por el Decano del Colegio Notarial, quien dispone se ubiquen en este Archivo pues el estado y dimensiones de las instalaciones lo permitían.
Los Juzgados de Guerra constituyen la jurisdicción militar ordinaria: el Juzgado del Capitán o Comandante General asesorado por un Auditor Letrado. Fiscal y escribano completan esta instancia. Producto del fuero militar, regulado desde las Ordenanzas de Carlos III en 1768, entendía de todas las causas militares comunes -penales y civiles- en caso de que el militar fuera demandado. Actuaba en primera y única instancia, aunque de sus resoluciones era posible apelar ante el Supremo Consejo de Guerra. Por los Reales Decretos de 19 y 24 de julio de 1875 se suprime esta jurisdicción ordinaria militar.
OTROS
El fondo documental se recibe en el Archivo de la Real Chancillería procedente del Colegio Notarial de Valladolid, tal y como consta en el expediente de traslado que se tramita en la Audiencia Territorial de Valladolid y que se conserva en este mismo archivo bajo signatura JUSTICIA CONTEMPORÁNEA,CAJA 3404,12.
1878-06-24
Juzgado de Guerra de Valladolid (España)
Los asuntos de estos expedientes son: testamentarías (en su mayor parte), deudas -retención de sueldos-, ejecución de bienes, obras, dotes, viudedad, etc. entre lo que podríamos llamar por analogía "Civil"; en lo "Criminal" encontramos: injurias, agresiones, homicidio, etc.; en lo específicamente "Militar": cuestiones de fuero -conflicto de jurisdicción-, orden público, revueltas, alistamientos, exenciones del servicio militar, purificaciones, alojamientos, etc.
Conservación permanente.
No se esperan nuevos ingresos dado que el fondo está cerrado.
Acceso libre, regulado por la normativa vigente sobre acceso a archivos históricos (Ley 16/1985, de Patrimonio Histórico Español).
Reproducción sujeta a la normativa establecida por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Principalmente microfilm y fotocopia, dependiendo del estado de conservación y del tipo de encuadernación.
Expedientes de al menos una pieza; piezas que pueden variar: desde pocos folios y/u hojas, a decenas o centenares de ellos. Tamaño folio.
Es posible que algunos documentos que se aportan como copia, su original se encuentre en diferentes registros y archivos (parroquiales, judiciales, etc.)