Causa civil de tercería a petición de María Fernández de Aránguiz, esposa de Antonio García de Cortázar, vecinos de Murua, y sus herederos, contra Pedro de Abendaño y Lezama, vecino de Yurre, Cayetano de Arana, vecino de Ochandiano, Francisco de Alcibar, vecino de Ceanuri, Juan Antonio de Gallarta y Francisco Asensio de Gámiz, vecino de Vitoria, como opuestos a los bienes de Antonio García de Cortázar, por deudas de abastecimiento de carbón e impago de un censo.
JUS,18675D [Signaturas anteriores]
1764-09-19 , Gopegui (Álava) - 1768-02-19 , Aríñez (Álava)
Unidad Documental Compuesta
ES.01059.AHPA//JUS,18675D
- Auto de 29 de abril de 1767, decretando que no se forme concurso de acreedores.
- Apelación de los herederos de antonio García de Cortázar.
- Real Provisión dada en Valladolid el 18 de febrero de 1768.
- Auto definitivo dado en Aríñez el 19 de febrero de 1768.
Actúa como escribano: Juan Simeón Ochoa de Echagüen, escribano de Cigoitia y de Gopegui.
Actúan como jueces: José de Ilárraza, gobernador de las Hermandades en Álava del Duque del Infantado, y Paulino González de Echávarri, abogado de los Reales Consejos y gobernador de dichas Hermandades.
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Gopegi (Zigoitia, Araba, España)
Juntas Generales de Álava (España)
Murua (Zigoitia, Álava, España)
Ochoa de Echagüen, Juan Simeón (fl.1742-1784)
Real Audiencia y Chancillería de Valladolid (España)
Bueno
Son varias causas unidas en el mismo legajo, relacionadas entre sí, por ser todos los peticionarios acreedores de Antonio García de Cortázar.