Causa criminal por querella de Simón Sáenz de Buruaga y Diego Sáenz de Camara, en nombre del Concejo y vecinos de Apodaca, contra Pedro Orti ...

Identificación

Titulo Nombre Atribuido:

Causa criminal por querella de Simón Sáenz de Buruaga y Diego Sáenz de Camara, en nombre del Concejo y vecinos de Apodaca, contra Pedro Ortiz de Landaluce y Eulalia Sáenz de Cortázar, su mujer, vecinos del mismo lugar, por injurias y lesiones a Tomás García de Cortázar, regidor del Concejo de Apodaca, que les requirió la devolución de un caballo, utilizado como semental de las yeguas del Concejo.

Signatura:

JUS,20238    [Signaturas anteriores]

Fecha Creación:

1772-05-27 , Foronda (Álava)  -  1772-10-27

Nivel de Descripción:

Unidad Documental Compuesta

Código de Referencia:

ES.01059.AHPA//JUS,20238

Contexto

Nombre del/los productor/es:

Juntas Generales de la Hermandad de Álava (España)

Contenido y Estructura

Alcance y Contenido:

Contiene:
- Convenio entre las partes celebrado el 31 de mayo de 1772 en Apodaca.

- Auto asesorado dado en Foronda el 6 de junio de 1772, ratificando el convenio anterior y destinando la multa que en dicho convenio se impone a Pedro Ortiz de Landaluce, a la Real Cámara o a la del Duque del Infantado, con arreglo a sus privilegios.

- Petición de 9 de junio de 1772 presentada por el Concejo de Apodaca de anulación o reforma de la providencia anterior, alegando que va en contra de las Ordenanzas del Concejo, por las que se les conceden facultades para multar y castigar a los vecinos que las infringieren, para el remedio del daño.

- Auto asesorado dado en Foronda el 12 de agosto de 1772, declarando no haber lugar a la revocación de la providencia dictada el 6 de junio de 1772.

- Apelación de 25 de agosto de 1772 interpuesta por el Concejo de Apodaca, que se admite por auto asesorado dado en Labastida el 26 de agosto de 1772.

- Recusación de 23 de octubre de 1772 del licenciado asesor presentada por Pedro Ortiz de Landaluce.

- Auto asesorado de 27 de octubre de 1772, declarando no haber lugar a la causa tras el convenio entre las partes ni a la anulación solicitada, admitiendo las apelaciones sólo en su efecto devolutivo.

Actúa como escribano: Pedro Pablo Sáenz de Maturana, escribano de Echávarri-Viña y de las Hermandades en Álava del Duque del Infantado.

Actúa como juez: Tomás de Landa, alcalde y juez ordinario de las Hermandades en Álava del Duque del Infantado.

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