Expedientes de aprobación de estudios de Obras Públicas . Puertos y costas
1863 - 1895
Serie
ES./16
Archivo Histórico Nacional 2. INSTITUCIONES CONTEMPORÁNEAS 2.3. Poder Ejecutivo 2.3.1. Administración General del Estado. Administración Central Ministerio de Ultramar Fomento de Cuba. Ministerio de Ultramar Obras Públicas. Fomento de Cuba Puertos y Faros
En el Real Decreto de 6 de octubre de 1863 sobre la formación del plan de obras públicas en las provincias de Ultramar, se indica en su artículo 4 que una vez aprobados los planes o secciones de los mismos, la Dirección de Obras Públicas mandará realizar los estudios previos de los proyectos definitivos por orden de importancia y los remitirá al Gobierno para su resolución. Para ello, deberá haber el crédito consignado en el presupuesto aprobado del año correspondiente. Los Gobernadores superiores civiles fijarán al formar los presupuestos anuales, con distinción expresa de cada obra, los créditos necesarios para la realización de los trabajos teniendo en cuenta el estado de los estudios en curso
Ministerio de Ultramar (España)
Los expedientes sobre estudios referidos a distintos puertos de Cuba, remitidos para su aprobación en la Península por conducto del gobernador capitán general de la isla, todos ellos con la misma estructura e instruidos en la Dirección de Obras Públicas, son los que integran esta serie
Unidades relacionadas en el archivo: Si lo que interesa el investigador son los estudios previos a la realización de alguna obra pública, no debe olvidar que estos estudios no siempre dieron origen a expedientes independientes, sino que a menudo formaron parte del propio proyecto de la obra de que se tratara; por lo tanto conviene revisar la documentación de las series de Expedientes de aprobación de proyectos o de construcción de obras públicas