Cédula de Felipe III para que la moneda que se mando labrar en Segovia, en 1617, no tuviese valor en puertos de mar y tierra, ni diez leguas tierra adentro. Acompaña carta del Secretario Tomás Angulo.
CCA,DIV,48,17
1617-09
Unidad Documental Compuesta
ES.47161.AGS//CCA,DIV,48,17
Archivo General de Simancas
1. Fondos de Instituciones del Antiguo Régimen
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