Sentencia de amojonamiento de Monterde, Llumes e Ibdes.
CLERO-SECULAR_REGULAR,Car.3687,N.8
1310-01-03
Unidad Documental Simple
ES.28079.AHN/10//CLERO-SECULAR_REGULAR,Car.3687,N.8
Archivo Histórico Nacional
3. INSTITUCIONES ECLESIÁSTICAS
3.1. CLERO REGULAR
3.1.2. Órdenes y Congregaciones Religiosas Masculinas
Cistercienses
Monasterio de Santa María de Piedra (Zaragoza). Cistercienses
Pedro de la Sala, procurador del monasterio, se presenta ante Domingo García de Echauri, arcediano de Tarazona, y Pedro Domir, justicia de Calatayud, (1309-01-02) con cierta carta de Jaime II (1309-01-08 / Barcelona) en la que pide a estas autoridades que intervengan en la controversia habida entre el monasterio y los hombres de Monterde, Llumes e Ibdes sobre los términos de estos lugares, por lo que tras la visita de dichos términos y la presentación del procurador de una antigua división de los mismos términos hecha por orden de Jaime I y encargada a Ferrando Corbarán, entonces justicia de Calatayd, Martín Sobrino y Domingo Grimalt (1275-05-21 / Lérida), amojonan de nuevo los términos estableciéndolos por sentencia.
AHN.Clero.Carpeta. 3672-14.
Documento privado.
Aunque en el propio documento se nos fecha el proceso en los días 2 y 3 de enero del año 1309, creemos, en relación a la carta de Jaime II, que se trata del año 1310, que por alguna razón no fue bién indicado.
Nota: Conserva vínculo trenzado.