Sentencia arbitral sobre uso de vedado en Zaragocilla.
CLERO-SECULAR_REGULAR,Car.3747,N.6
1533-11-23
Unidad Documental Simple
ES.28079.AHN/10//CLERO-SECULAR_REGULAR,Car.3747,N.6
Archivo Histórico Nacional 3. INSTITUCIONES ECLESIÁSTICAS 3.1. CLERO REGULAR 3.1.2. Órdenes y Congregaciones Religiosas Masculinas Cistercienses Monasterio de Santa María de Piedra (Zaragoza). Cistercienses
El capítulo del monasterio y el concejo de Olbés, atendiendo a las cuestiones habidas entre ambas partes, tras elegir como árbitros a Gil Adán, monje del monasterio, y a Martín Pérez, alias Sangil, vicario perpetuo de la iglesia de Olbés (1533-09-27 / Piedra y 1533-09-28 / Olbés), en conocimiento de una sentencia arbitral anterior (1429-03-26 / Zaragocilla), se establecen nuevas condiciones para ambas partes sobre el uso del ganado en el vedado de la Solana a la Mata de Zaragocilla (1533-10-04 / Piedra); añadiendo después a la sentencia arbitral nuevas concreciones (1533-10-15 / Zaragocilla y siendo intoimada la sentencia por ambas partes (1533-11-22 / Olbés y 1533-11-23 / Piedra)
AHN.Clero.Carpeta. 3722-15.
Documento privado.