Sentencia arbitral sobre usos de granjas y pardinas diferentes lugares.
CLERO-SECULAR_REGULAR,Car.3732,N.6
1475-01-21
Unidad Documental Simple
ES.28079.AHN/10//CLERO-SECULAR_REGULAR,Car.3732,N.6
Archivo Histórico Nacional
3. INSTITUCIONES ECLESIÁSTICAS
3.1. CLERO REGULAR
3.1.2. Órdenes y Congregaciones Religiosas Masculinas
Cistercienses
Monasterio de Santa María de Piedra (Zaragoza). Cistercienses
En el pleito habido entre l monasterio, de un aprte, y los concejos de Monterde y Abanto, de la otra por las diferencias habidas entre las partes a causa de los derechos y usos de la pardina de Llumes, la granja de Bellestar, la granja de Ortiz y la granja de las salinas de Abanto, tras nombrar jueces arbitrales a Martín Sanz, prior del monasterio, a Antón Guerrero, celario del monasterio, a Pedro Algay, vecino de Abanto, y a Domingo Jimeno, vecino de Monterde, (1474-11-23 / Piedra, y 1474-12-27 / Monterde-Abanto), se dicta sentencia por la cual, anulando las diversas sentencias anteriores tocantes a estos asuntos, mandan amojonar los términos de los lugares en litigio estableciendo todos los usos (1475-01-02 / Pardina de Llumes), siendo leida la sentencia tanto en Monterde (1475-01-13 / Monterde) como en Abanto (1475-01-14 / Abanto) y Piedra.
Documento privado.
El documento está formado por dos pergaminos unidos por un cosido.